DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

CREACION DEL "PROGRAMA NACIONAL REMEDIAR" DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION.

“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina” Proyecto De Ley El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación sancionan con fuerza de ley la creación de “Programa Nacional REMEDIAR” ARTÍCULO 1. Creación. Crease el “Programa Nacional REMEDIAR” dependiente del Ministerio de Salud de la Nación con el fin de garantizar el derecho y cobertura a los medicamentos esenciales a través de la distribución directa a los centros de salud que atienden especialmente el primer nivel de atención. ARTÍCULO 2. Objetivos. Son objetivos del programa: 1) Garantizar el acceso a medicamentos esenciales a la población que depende exclusivamente del sistema de salud público, a través de la distribución directa en los centros de salud. 2) Contribuir a la eficiencia y eficacia en los centros de salud pública del país que brindan el primer nivel de atención médica. ARTÍCULO 3. Beneficiarios. Son beneficiarios del Programa REMEDIAR todas aquellas personas que dependen exclusivamente del sistema de salud pública, sin cobertura de obra social, ni medicina prepaga. ARTÍCULO 4. Medicamentos que integran el Programa REMEDIAR: Analgésicos, antiácidos, antianémicos, antiasmáticos, antibióticos, anticonvulsivos, antiespasmódicos, antihistamínicos, antiinflamatorios, broncodilatadores,/final_de_pagina/“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina” cardiovasculares, corticoides, ginecológicos, hipoglucemiantes orales, productos oftalmológicos, sales de rehidratación oral y vitaminas. ARTÍCULO 5. Acceso al Programa. Para acceder al programa REMEDIAR, el beneficiario deberá realizar la consulta pertinente en el centro de salud de proximidad, obtener la receta del especialista médico y retirar los medicamentos de forma gratuita, siempre y cuando los mismos sean parte de la gama de medicamentos establecidos en el artículo 4 de la presente ley. ARTÍCULO 6. Financiamiento. El Programa REMEDIAR será financiado con fondos del presupuesto nacional asignados al Ministerio de Salud de la Nación. ARTÍCULO 7. Comuníquese al Poder Ejecutivo./final_de_pagina/“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina”

Expediente
3308-D-2025
Cámara
Cámara de Diputados de la Nación
Presentado
24 de junio de 2025

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

  2. En comisión (origen)

    actual

  3. Media sanción

  4. Con dictamen (revisora)

  5. Sancionado

  6. Promulgado

Giro a comisión (2)

Acción Social y Salud PúblicacabeceraPresupuesto y Hacienda

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Sr. Presidente: El presente Proyecto de Ley propone la creación del Programa Nacional REMEDIAR, en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación, a fin de establecer por Ley, una política pública estructural destinada a garantizar el acceso universal y gratuito a los medicamentos esenciales para todas aquellas personas que dependen exclusivamente del sistema de salud pública. El Programa REMEDIAR tiene antecedentes en la historia sanitaria de nuestro país. Fue creado en el año 2002 como respuesta a la profunda crisis socioeconómica que Argentina atravesaba, y constituyó una de las estrategias más exitosas del Estado Nacional en materia de acceso equitativo a medicamentos. Efectivamente, la distribución gratuita de medicamentos del Programa REMEDIAR se inició con la Ley N° 25.590, que declaró la emergencia sanitaria en mayo de 2002, así como el DNU 486/2002, que en su artículo 1° declaró la Emergencia Sanitaria Nacional, disponiendo restablecer el suministro de medicamentos e insumos en las instituciones públicas con servicios de internación; garantizar el suministro de medicamentos para tratamientos ambulatorios a pacientes en condiciones de alta vulnerabilidad social, así como el acceso a medicamentos e insumos esenciales para la prevención y el tratamiento de enfermedades infecciosas. Luego con el Decreto N° 2724/2002 se dispuso que el Ministerio de Salud continuará desarrollando el objetivo de universalizar el acceso a medicamentos genéricos ambulatorios a través del Programa Nacional de Atención Primaria de la Salud bajo el nombre de "REMEDIAR". A través de la distribución directa de tratamientos farmacológicos en más de 7.000 Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS), el programa llegó a cubrir a más de 15/final_de_pagina/“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina” millones de personas en su etapa inicial. Y luego de muchos años de operatividad consolidada como política de Estado, el Programa sufrió un desfinanciamiento durante la gestión 2016-2019. Con posterioridad, el Programa REMEDIAR fue relanzado a fines del año 2019 con la Ley N° 27.541 (Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva), que en su Art. 76° estableció: “Restablécese el desarrollo del objetivo de universalizar el acceso de medicamentos esenciales a través del Programa Nacional "Remediar", destinado a garantizar la provisión de insumos y medicamentos críticos a través de centros públicos de atención de la salud”. Esta directriz fue luego implementada a través de la Resolución 248/2020 del Ministerio de Salud, que en sus considerandos resaltó el artículo 2 inc. f) de la Ley N° 27.541, donde se delegó en el Poder Ejecutivo “La facultad de procurar el suministro de medicamentos esenciales para tratamientos ambulatorios a pacientes en condición de alta vulnerabilidad social, el acceso a medicamentos e insumos esenciales para la prevención y tratamiento de enfermedades infecciosas y crónicas no transmisibles”. Y en este marco se relanzó el Programa Nacional Remediar, que como política de Estado continuó profundizándose progresivamente. Incluso en el año 2021, a través de la Resolución 3424/2021 se amplió el Vademécum de Medicamentos Esenciales para el Primer Nivel de Atención que de manera accesoria elevando el número de medicamentos a 129, del cual el Programa Remediar poseía una amplia cobertura con 99 medicamentos. A su vez, la Resolución 1357/2023 del Ministerio de Salud aprobó el Manual de Operatoria del Programa Nacional Remediar, con el objetivo de garantizar una eficiente y equitativa distribución de los medicamentos e insumos sanitarios, pretendiendo optimizar el marco formal y estable de distribución, para ampliar el acceso a la salud pública en todo el territorio nacional. A tal fin, la Resolución facultó a la Dirección Nacional de Medicamentos y Tecnología Sanitaria a actualizar el manual, suscribir/final_de_pagina/“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina” convenios, realizar capacitaciones y auditorías, entre otras acciones necesarias para la implementación del Programa. A lo largo de sus más de 20 años, el Programa REMEDIAR logró reducir el gasto cotidiano en medicamentos de los sectores más vulnerables, mejorar la adherencia a tratamientos, prevenir complicaciones evitables, y fortalecer el primer nivel de atención, con impacto directo en indicadores sanitarios como la tasa de internaciones evitables o el seguimiento de enfermedades crónicas. Sin embargo, su continuidad ha estado históricamente condicionada a decisiones administrativas del Poder Ejecutivo, sin un marco normativo que le otorgue estabilidad y proyección a largo plazo. Por tal motivo, este proyecto propone institucionalizar por ley el Programa REMEDIAR, garantizando su financiamiento, su estructura funcional y su alcance territorial como una política federal y permanente de acceso a la salud. Consideramos que el acceso a medicamentos no es un privilegio, sino un componente esencial del derecho a la salud, consagrado en nuestra Constitución Nacional y en los tratados internacionales con jerarquía constitucional. La falta de acceso a tratamientos médicos, en particular entre las personas que no cuentan con cobertura formal, representa una de las principales causas de inequidad sanitaria en nuestro país. La sanción de esta ley permitirá apuntalar la respuesta estructural y federal al problema del acceso desigual a los medicamentos, fortaleciendo el primer nivel de atención, garantizar la cobertura farmacológica básica, y consolidar un enfoque preventivo y comunitario de la salud pública. Además, debemos considerar, que esta política de Estado constituida a través de una Ley, permite garantizar tanto la continuidad del Programa, así como su financiamiento y su propia existencia. Que no quede a merced de la voluntad política de quienes ejercen la administración del Estado Nacional. Se propone que el programa se financie mediante partidas específicas del presupuesto nacional asignado al Ministerio de Salud de la Nación, en línea con las experiencias/final_de_pagina/“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina” exitosas de otros programas como el Plan SUMAR, que representa actualmente cerca del 6% del total del presupuesto nacional en salud. Por todo lo expuesto, y convencida de la necesidad de garantizar el acceso equitativo a medicamentos como parte esencial del derecho a la salud, solicito a mis pares el acompañamiento en la sanción del presente Proyecto de Ley. Freites, Andrea/final_de_pagina/

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