DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

REGIMEN LEGAL DEL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA AGRONOMIA, LA AGRIMENSURA, LA ARQUITECTURA Y LA INGENIERIA. MODIFICACION EL DECRETO-LEY 6070/58. MODIFICACIONES SOBRE ELIMINACION DE LA DOBLE MATRICULACION.

PROYECTO DE LEY EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: EJERCICIO PROFESIONAL SIN DOBLE MATRICULACION Artículo 1° – Modifícase el artículo 1° del Decreto-Ley 6070/58, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “El ejercicio de la agrimensura, la agronomía, la arquitectura y la ingeniería en jurisdicción nacional o en establecimientos de utilidad nacional queda sujeto a las disposiciones de la presente ley, sus normas complementarias y las reglas de ética profesional. Cuando dichas actividades sean ejercidas en establecimientos ubicados en territorio provincial, o cuando el objeto de la tarea profesional se encuentre ubicado en el ámbito de una provincia, el ejercicio de las citadas profesiones deberá ajustarse a las normas y requisitos que dicten las autoridades provinciales respectivas.” Artículo 2° – Incorpórase como artículo 11° bis del Decreto-Ley 6070/58 el siguiente: “No será exigible una segunda matrícula profesional en el ámbito nacional cuando el profesional acredite estar matriculado y habilitado por un colegio profesional provincial en jurisdicción competente, conforme a las leyes locales vigentes. En tales casos, la autoridad nacional considerará cumplida la obligación de matrícula mediante la acreditación de dicha habilitación provincial.” Artículo 3° – Créase el Registro Federal de Matrículas Profesionales, de carácter público, digital y unificado, administrado en forma conjunta por los consejos profesionales nacionales y los colegios profesionales provinciales. Este registro permitirá verificar la habilitación del ejercicio profesional en todo el territorio de la República Argentina./final_de_pagina/Artículo 4° – Invítase a los colegios profesionales provinciales a celebrar convenios de reciprocidad y reconocimiento de matrícula, con el objetivo de facilitar el ejercicio profesional interjurisdiccional, respetando la autonomía normativa y administrativa de cada provincia. Artículo 5° – Reconócese a los consejos profesionales nacionales como órganos de articulación técnica, ética y científica entre las jurisdicciones provinciales, con funciones consultivas y de representación institucional, sin perjuicio de la autonomía de los colegios profesionales provinciales. Su actuación no podrá implicar la matriculación, habilitación, fiscalización ni sanción directa sobre profesionales en las provincias, salvo en aquellas jurisdicciones que no cuenten con colegio profesional constituido. Artículo 6° – Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. . Christian Zulli Diputado Nacional/final_de_pagina/

Expediente
4191-D-2025
Cámara
Cámara de Diputados de la Nación
Presentado
6 de agosto de 2025

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

    actual

  2. Media sanción

  3. Con dictamen (revisora)

  4. Sancionado

  5. Promulgado

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Señor presidente: El presente proyecto de ley tiene por objeto actualizar el régimen legal del ejercicio profesional de la agronomía, la agrimensura, la arquitectura y la ingeniería, adecuándolo al sistema federal vigente y a las atribuciones reservadas a las provincias por la Constitución Nacional. Actualmente, el Decreto-Ley 6070/58 regula el ejercicio de estas profesiones en jurisdicción nacional y en establecimientos nacionales, sin contemplar adecuadamente las reformas constitucionales que fortalecieron la autonomía de las provincias para reglamentar las profesiones liberales. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido en reiteradas oportunidades que el poder de policía sobre las profesiones corresponde a las provincias, siempre que ello no altere sustancialmente los requisitos establecidos por normas nacionales (Fallos: 156:290; 237:397; 320:89). Asimismo, la jurisprudencia aclara que las provincias pueden dictar condiciones razonables para el ejercicio profesional, en tanto no resulten discriminatorias ni constituyan una prohibición encubierta. Este proyecto busca armonizar ese marco normativo y jurisprudencial, reafirmando que cuando la actividad profesional se desarrolla en territorio provincial, deberá ajustarse a las leyes locales, y que no puede exigirse una doble matriculación a quienes ya estén habilitados por un colegio provincial competente. A su vez, se propone la creación de un Registro Federal de Matrículas, como herramienta pública, transparente y moderna, que simplifique el reconocimiento interjurisdiccional, sin sustituir las competencias locales. Además, se invita a los colegios provinciales a celebrar convenios de reciprocidad, como vía institucional para garantizar la libre circulación de profesionales en condiciones de equidad. Finalmente, se reconoce a los consejos profesionales nacionales como espacios de articulación técnica, científica y ética, pero dejando expresamente aclarado que no podrán interferir en las funciones exclusivas de los colegios provinciales, como la matrícula, habilitación o sanción profesional. Este proyecto no recentraliza ni deslegitima a los órganos colegiados provinciales. Por el contrario, respeta su autonomía, fortalece la articulación/final_de_pagina/federal, y facilita condiciones justas y ágiles para el ejercicio profesional en todo el país. La norma propuesta beneficiaría directamente a un universo de entre 250 y 300 mil profesionales de la agronomía, la ingeniería, la arquitectura y la agrimensura de todo el país, al eliminar la doble matriculación, facilitar el ejercicio interjurisdiccional y clarificar funciones institucionales. Según datos de los propios consejos y de registros públicos: hay entre 35.000 y 40.000 ingenieros/as agrónomos matriculados en todo el país; 150.000 ingenieros/as activos en todas sus ramas, aunque no todos están colegiados; 50.000 arquitectos matriculados activos, y de 10.000 a 15.000 agrimensores. Además, el impacto se extiende a: • Nuevos profesionales egresados cada año: unos 10.000 a 12.000 entre todas las disciplinas, que deben elegir dónde matricularse y con qué costos. • Pymes, cooperativas, empresas de servicios técnicos que contratan estos perfiles y necesitan operar en más de una jurisdicción. Por los motivos expuestos, solicito a mis pares el acompañamiento de esta iniciativa. Christian Zulli Diputado Nacional/final_de_pagina/

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