Fundamentos del proyecto
Señora Presidente:
Las pérdidas y desperdicio de alimentos (PDA) afectan a la
sostenibilidad de los sistemas alimentarios, con repercusiones negativas
en la economía, la seguridad alimentaria y la nutrición, así como en el
medio ambiente.
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Se calcula que el valor de mercado anual de los alimentos que se
pierden o se desperdician mundialmente asciende a centenares de miles
de millones de dólares.
En todo el mundo, un 14% de los alimentos, con un valor estimado de
400.000 millones de USD, se pierde entre la cosecha y la distribución de
los mismos (FAO, 2019). Otro 19% se desperdicia en la distribución y
entre los consumidores finales (PNUMA 2024)
Se estima que las repercusiones económicas de las PDA pueden
manifestarse mediante una reducción del producto interno bruto (PIB)
para el sector agrícola. Los costos económicos de las PDA también
repercuten en los hogares, que gastan dinero en alimentos que
finalmente se desperdiciarán, y en las empresas a lo largo de la cadena
de suministro de alimentos.
La reducción de las PDA se considera generalmente una buena manera
de rebajar los costos de producción y aumentar la eficiencia del sistema
alimentario, mejorar la seguridad alimentaria y la nutrición, y contribuir a
la sostenibilidad del medio ambiente (FAO, 2019)
En 2018 se creó el Plan Nacional de Reducción de Pérdidas y
Desperdicio de Alimentos, sancionado por Ley Nº 27.454 y
reglamentado por Decreto 249 en el año 2019. Este plan tiene como
propósito coordinar, proponer e implementar acciones y políticas
públicas para la prevención y reducción de las PDA en Argentina,
creando valor para el sistema agroalimentario y la sociedad en su
conjunto.
El Artículo 4º de la Ley Nº 27.454 establece que las políticas públicas
para el fomento, desarrollo y promoción de la reducción de las pérdidas
y desperdicio de alimentos y de la donación de alimentos deben incluir,
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entre otras medidas, la generación de campañas de información y
comunicación para la sensibilización de todos los actores de la cadena
alimentaria y los consumidores.
A nivel internacional, a pedido expreso de Argentina, la 41º Conferencia
de la FAO, realizada en Roma entre el 22 y el 29 de junio de 2019, apoyó
la propuesta de establecer un Día Internacional de Concienciación sobre
la Pérdida y el Desperdicio de Alimentos cada 29 de septiembre. Esta
fecha fue elegida en conmemoración al "Primer Diálogo Regional sobre
Pérdidas y Desperdicios de Alimentos" realizado en 2015 en la Oficina
Regional de la FAO para América Latina y el Caribe, junto a
representantes de países de la región, con el propósito de construir una
alianza regional en línea con el Plan para la Seguridad Alimentaria,
Nutrición y Erradicación del Hambre de la Comunidad de Estados
Latinoamericanos y Caribeños.
El hecho de instituir el 29 de septiembre como el Día Nacional de
Concienciación sobre Pérdidas y Desperdicio de Alimentos, permitirá
resaltar la importancia de prevenir y reducir las pérdidas y el desperdicio
de alimentos. Durante este día, se llevarán a cabo actividades que
enfaticen los beneficios sociales, ambientales y económicos de una
gestión más eficiente de los recursos alimentarios.
Debemos como Estado, concientizar sobre esta problemática a los
efectos de fomentar una mayor coordinación entre actores públicos y
privados, fortalecer la educación de la ciudadanía sobre prácticas
responsables para la reducción de pérdidas y desperdicio en la cadena
agroalimentaria, concentrar esfuerzos y movilizar recursos que
promuevan a nivel nacional, regional y local la implementación de
políticas y estrategias de reducción de PDA a todos los niveles de la
cadena alimentaria.
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Tenemos una gran oportunidad para avanzar sobre el rol de los Estados,
los organismos internacionales y el sector privado en esta temática,
principalmente en un contexto crecimiento de la pobreza y del hambre
en la región, donde se requieren sistemas alimentarios justos,
sostenibles y resilientes, con prácticas y políticas innovadoras.
Es por lo motivos aquí expuestos, que solicito a mis pares, me
acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.
Alfredo L. de Angeli
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