DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyNo sancionado

CUIDADO DE LA SALUD SEXUAL EN LAS ESCUELAS DE LOS NIVELES SECUNDARIO, SUPERIOR, ADULTOS Y ADOLESCENTES DE GESTIÓN ESTATAL.-

PROYECTO DE LEY “Cuidado de la Salud Sexual en las escuelas de los niveles secundario, superior, adultos y adolescentes de gestión estatal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ”. Artículo 1°.- Objeto. El objeto de la presente ley es la adopción de políticas de cuidado de la salud sexual, a través del acceso al derecho a la información y educación para la prevención de embarazos no planificados y enfermedades de transmisión sexual. Artículo 2°.- Alcance. Los establecimientos educativos de nivel secundario, superior, adultos y adolescentes, de gestión estatal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tendrán accesibilidad permanente a preservativos destinados a todos/as los/las alumnos/as, en forma gratuita y en condiciones de privacidad y confidencialidad. Asimismo, junto con los preservativos, se entregará “un instructivo para su adecuado uso e información sobre prevención de embarazo no planificado y enfermedades de transmisión sexual”. Podrán adherir a la presente ley los establecimientos de gestión privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 3°.- Autoridad de Aplicación. La autoridad de aplicación de esta ley será el Ministerio de Salud con la cooperación del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 4°.- Función de la Autoridad de Aplicación. La autoridad de aplicación será responsable de proveer los preservativos e información sobre la prevención de embarazos no planificados y de las enfermedades de transmisión sexual a los centros educativos contemplados en la presente Ley. Artículo 5°.- Presupuesto. Facúltase al Poder Ejecutivo a reasignar las partidas presupuestarias que fueran necesarias para el cumplimiento de la presente. Artículo 6°.- Reglamentación. El Poder Ejecutivo debe reglamentar la presente ley dentro de los sesenta (60) días de su promulgación. Artículo 7°.- Comuníquese, etc. Último cambio: 19/2/2026 14:05:00 - Cantidad de caracteres: 5567 - Cantidad de palabras: 1022 Pág.1/3/final_de_pagina/

Expediente
CABA-399-D-2026
Cámara
Legislatura de CABA
Presentado
2 de marzo de 2026

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Sra. Presidente: El presente proyecto de ley aborda una problemática crucial relacionada con la salud sexual y la prevención de embarazos no planificados y enfermedades de transmisión sexual (ETS) entre los jóvenes. Presentar y aprobar este proyecto de ley en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene una serie de fundamentos sólidos, tanto desde el punto de vista de la salud pública como de la educación y los derechos humanos. La salud sexual y reproductiva es un derecho fundamental que está reconocido a nivel internacional, como en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y otros tratados de derechos humanos. Es esencial garantizar que los jóvenes tengan acceso a la información, los recursos y las herramientas necesarias para ejercer este derecho de manera segura y responsable. La entrega de preservativos y material educativo en las escuelas contribuye a este objetivo. Los embarazos adolescentes no planificados continúan siendo una preocupación importante a nivel mundial y en Argentina. Según datos del Ministerio de Salud, una proporción significativa de los embarazos en adolescentes no son planeados, lo que a menudo conlleva consecuencias físicas, psicológicas y sociales tanto para las madres como para los hijos. Brindar educación sexual integral y acceso gratuito a preservativos en las escuelas es una medida clave para reducir la tasa de embarazos no deseados, dando a los jóvenes las herramientas para tomar decisiones informadas y responsables. Las enfermedades de transmisión sexual siguen siendo una preocupación creciente entre los adolescentes y jóvenes adultos. Según diversas investigaciones, los jóvenes son un grupo vulnerable a contraer ETS debido a la falta de educación adecuada y a la baja percepción de riesgo. El acceso fácil y gratuito a preservativos, junto con la entrega de información sobre su uso correcto y la prevención de enfermedades, contribuiría significativamente a la reducción de la transmisión de ETS en este grupo etario. El proyecto establece que los preservativos se entregarán en condiciones de privacidad y confidencialidad, lo cual es esencial para respetar los derechos de los jóvenes a la autonomía en la toma de decisiones sobre su salud sexual. La eliminación de barreras sociales o culturales que dificultan el acceso a este tipo de recursos es un paso crucial para reducir el estigma y la discriminación que muchos adolescentes enfrentan al hablar de estos temas. Asegurar que esta medida esté disponible en todos los establecimientos educativos estatales y, de forma voluntaria, en los privados, también garantiza la igualdad de oportunidades en el acceso a la salud sexual para todos los jóvenes, sin distinción. La distribución de preservativos en los centros educativos tiene un impacto positivo en la salud pública, al prevenir no solo embarazos no deseados, sino también la propagación de infecciones como el VIH, la sífilis, la gonorrea y otras ETS. A largo plazo, esto contribuye a mejorar la salud pública general y a reducir los costos asociados con el tratamiento de enfermedades prevenibles. Además, el acceso universal a estos recursos en las escuelas representa una inversión en la salud y el bienestar de las futuras generaciones, ayudando a prevenir problemas de salud sexual y reproductiva en la adultez. Último cambio: 19/2/2026 14:05:00 - Cantidad de caracteres: 5567 - Cantidad de palabras: 1022 Pág.2/3/final_de_pagina/Es urgente implementar medidas dirigidas a la población que pueda estar en riesgo, teniendo en cuenta sus condiciones específicas y particulares. En este sentido, es importante destacar que la mayoría de los jóvenes no suelen asistir a los centros de salud a menos que se sientan enfermos, pero sí frecuentan los centros educativos. Al enfocar el proyecto en proporcionar acceso a todos los jóvenes, sin discriminación alguna, se promueve la inclusión y la equidad en el acceso a la información y los recursos de salud. Al incluir tanto a estudiantes de escuelas públicas como privadas (en caso de adhesión), se asegura que todos los jóvenes, independientemente de su contexto socioeconómico, puedan acceder a la misma calidad de servicios de salud y educación sexual. Este proyecto de ley es una acción preventiva que no solo beneficiará a la salud física de los adolescentes, sino que también contribuirá a su desarrollo emocional, social y educativo. Es una respuesta necesaria a una problemática vigente y de gran impacto en la sociedad, que se basa en principios de derechos humanos, salud pública y equidad. Su implementación ayudará a construir una sociedad más informada, saludable y responsable en cuanto a la sexualidad y la salud reproductiva de los jóvenes. Por todo lo expuesto, solicito a mis pares el tratamiento y aprobación del presente proyecto de ley. Último cambio: 19/2/2026 14:05:00 - Cantidad de caracteres: 5567 - Cantidad de palabras: 1022 Pág.3/3/final_de_pagina/

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