DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyNo sancionado

PROGRAMA CRIANZA CUIDADA.-

PROYECTO DE LEY Programa Crianza Cuidada Artículo 1º.- Creación. Créase en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Programa de Crianza Cuidada, destinado a las personas responsables de las niñas y niños de 0 a 5 años, mujeres embarazadas y personas gestantes, el cual funcionara como una herramienta de acompañamiento, asistencia y capacitación a través de agentes facilitadores en el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes. Artículo 2º.- Definición. Se entiende por Crianza Cuidada a toda orientación, acompañamiento y fortalecimiento de quien asuma el rol de crianza, consistente en proporcionar recursos para el cuidado, desarrollo, subsistencia, bienestar y aprendizaje de los niños y niñas. Artículo 3º.- Autoridad de Aplicación. La autoridad de aplicación de la presente ley será designada por el Poder Ejecutivo al momento de la reglamentación. Artículo 4º.- Objetivo. Los objetivos del Programa Crianza Cuidada son: a. Promover la concepción de habilidades y pautas de crianza cuidada para el fortalecimiento intrafamiliar con niños de 0 a 5 años y personas gestantes en el ámbito familiar y comunitario, garantizando la inclusión en el marco de la diversidad familiar. b. Impulsar activamente la comprensión y acompañamiento en el desarrollo infantil integral, interculturalidad, géneros y crianza para entablar relaciones saludables interpersonales para personas responsables de niños y niñas de 0 a 5 años, mujeres embarazadas y personas gestantes. c. Difundir información de centros, instituciones, redes comunitarias y/o ámbitos donde se desarrollen las capacitaciones de Crianza Cuidada. d. Brindar capacitación a todo personal técnico, referente territorial y/o personas facilitadoras que lleve adelante el acompañamiento, asistencia y capacitación de personas que asuman el rol de crianza. e. Promover entornos que favorezcan vínculos sanos para niños y niñas, impulsando una crianza sin violencia. f. Articular con las áreas correspondientes en los casos que considere necesario la atención en materia de salud mental en personas gestantes, puérperas y cuidadores. Artículo 5º.- Alcances. A través de las acciones desarrolladas por el Programa de Crianza Cuidada se instrumenta: a. El abordaje grupal e individual mediante capacitaciones y talleres formativos con el objetivo de adquirir y desarrollar actitudes, creencias, valores, estilo de vida y comportamientos que determinan el modo en que los niños y niñas se desenvuelven en su trayecto de vida. b. El otorgamiento a los adultos referentes los conocimientos y habilidades necesarias para afrontar con éxito los problemas que se presentan en la crianza, así como favorecer su rol como adultos significativos y aumentar el bienestar y desarrollo de los niños, niñas que integran cada familia. c. La capacidad de adquirir estrategias a los adultos responsables de la crianza a partir de la enseñanza de técnicas de modificación de conductas que intentan mejorar la calidad de las interacciones dentro del espacio familiar. d. Las intervenciones orientadas a potenciar una convivencia sustentada en vínculos y relaciones afectivas y comunitarias que posibiliten las funciones de crianza, cuidado, desarrollo, educación y salud integrales en igualdad de oportunidades, complementando los recursos positivos de cada grupo familiar. Último cambio: 2/3/2026 09:33:00 - Cantidad de caracteres: 5501 - Cantidad de palabras: 950 Pág.1/3/final_de_pagina/e. El entrenamiento sobre habilidades que garantizan, que a través de la práctica se desarrollan hábitos de comportamiento verbales y no verbales deseables, comprometiendo a los adultos responsables de la crianza a utilizarlos en todo momento. f. El incremento de conocimientos y la transformación de nociones, prácticas, experiencias, pensamientos y emociones a partir de diversos métodos que acercan a padres, madres y cuidadores a la crianza positiva de los niños y las niñas. g. El acompañamiento prenatal y perinatal. Artículo 6º.- Capacitación. La Autoridad de Aplicación garantiza la formación y actualización de los actores institucionales intervinientes y la divulgación de la información generada a fin de contar con las herramientas e instrumentos necesarios para un abordaje profesional de los procesos y medidas de intervención. Pudiendo incorporar plataformas digitales y recursos virtuales para capacitaciones, acompañamiento remoto y difusión de información, conforme lo dicte la reglamentación. Artículo 7º.- Presupuesto. Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente ley se atenderán con las partidas presupuestarias que anualmente se asignen a tal efecto. Artículo 8º.- Reglamentación. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de los organismos pertinentes, debe reglamentar la presente dentro de los 90 (noventa) días de su promulgación. Artículo 9º.- Comuníquese, etc. Último cambio: 2/3/2026 09:33:00 - Cantidad de caracteres: 5501 - Cantidad de palabras: 950 Pág.2/3/final_de_pagina/

Expediente
CABA-315-D-2026
Cámara
Legislatura de CABA
Presentado
2 de marzo de 2026

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Sra. Presidenta: El programa Crianza Cuidada propuesto nace como una iniciativa no sólo en beneficio de los niños y niñas, sino también a la dinámica familiar y la calidad de vida de las familias, contribuyendo a una sociedad más integral y respetuosa. Concretamente, la viabilidad de llevar adelante este tipo de programas es sumamente alta, tomando como punto de partida la adaptación del mismo a las particularidades sociales, culturales e institucionales del contexto en que se pretende implementar. En este sentido, se parte de conceptualizar la crianza desde un lugar preventivo, promocionando la importancia de trabajar con los niños y sus familias favoreciendo vínculos sanos y amorosos dentro de una crianza respetuosa. Uno de los objetivos del presente proyecto es obtener, a través del asesoramiento a aquellas personas responsables de la crianza de niños y niñas, mujeres embarazadas y personas gestantes, un desarrollo infantil integral sano. Ello aporta un beneficio a la sociedad en general, fomentando un desarrollo emocional saludable, el reconocimiento y el respeto de las emociones, construyendo autoestima, mejorando la comunicación familiar, la prevención de problemas futuros. Esta iniciativa parlamentaria garantiza la mejora constante en las capacidades profesionales de los operadores del sistema, garantizando la actualización permanente frente a nuevos paradigmas de crianza. Asimismo, con el apoyo adecuado y la sensibilización de los responsables en la crianza de los niños y niñas, la aplicación de este programa generará un cambio profundo en el desarrollo infantil. Por lo expuesto, solicito a mis pares el tratamiento y aprobación del presente proyecto de ley. Último cambio: 2/3/2026 09:33:00 - Cantidad de caracteres: 5501 - Cantidad de palabras: 950 Pág.3/3/final_de_pagina/

Documentos (1)

Proyecto de Norma
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