DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

DEROGACION DEL DECRETO N° 888/2024 DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL POR EL QUE SE DISOLVIO EL FONDO FIDUCIARIO DENOMINADO "FONDO NACIONAL DE EMERGENCIAS".

Proyecto de Ley El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación reunidos en Congreso… SANCIONAN Artículo 1°.- Derógase el Decreto N° 888/2024 del Poder Ejecutivo Nacional por el que se disolvió el Fondo Fiduciario denominado “FONDO NACIONAL DE EMERGENCIAS”, creado por el artículo 17 de la Ley N° 27.287 y su modificatoria. Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. MICAELA MORAN DIPUTADA NACIONAL/final_de_pagina/

Expediente
0274-D-2025
Cámara
Cámara de Diputados de la Nación
Presentado
7 de marzo de 2025

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

  2. En comisión (origen)

    actual

  3. Media sanción

  4. Con dictamen (revisora)

  5. Sancionado

  6. Promulgado

Giro a comisión (3)

Asuntos ConstitucionalescabeceraPresupuesto y HaciendaSeguridad Interior

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Señor Presidente: Por el presente proyecto proponemos que se derogue el Decreto N° 888/2024 del Poder Ejecutivo Nacional por el que se disolvió el Fondo Fiduciario denominado “FONDO NACIONAL DE EMERGENCIAS”, creado por el artículo 17 de la Ley N° 27.287 y su modificatoria. La ley 27.287 sancionada en el año 2026 creó el “Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil” que tiene por objeto integrar las acciones y articular el funcionamiento de los organismos del Gobierno nacional, los Gobiernos provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales, las organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil, para fortalecer y optimizar las acciones destinadas a la reducción de riesgos, el manejo de la crisis y la recuperación. En su Capítulo V bajo el título “Financiamiento para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil” en su artículo 17 se creó el Fondo Nacional de Emergencias con el objetivo de financiar y ejecutar las acciones de respuesta gestionadas por la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil. Establecía que tendría carácter de fideicomiso y se regiría por las normas para este instituto. Respecto de sus recursos económicos se indicaba que estrían integrados por: a) Aportes realizados por la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; b) Donaciones y legados; c) Rentas de activos financieros; d) Préstamos nacionales e internacionales y otros que disponga el Estado nacional al momento de atender situaciones de emergencia y/o catástrofes; e) Los impuestos o cargos que se creen con afectación específica a este fideicomiso; f) Cualquier otro recurso que se le asigne. El actual gobierno nacional mediante el decreto que proponemos derogar, de fecha 7 de octubre de 2024, disolvió el Fondo de referencia amparándose en el artículo 5° de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742 por la que se lo facultó a “modificar, transformar, unificar, disolver o liquidar los fondos fiduciarios públicos, de conformidad con las reglas que allí se establecen y las que surjan de sus normas de creación, instrumentos constitutivos u otra disposición aplicable.” De esta manera, la Ley del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil N° 27.287 se torna abstracta al quitarse su principal fuente de financiamiento. En momentos en que las inundaciones afectan a gran parte de la provincia de Buenos Aires con las trágicas consecuencias para miles de familias, resulta imperioso que el gobierno nacional no se desentienda como lo ha hecho en anteriores oportunidades y destine de manera urgente recursos para poder/final_de_pagina/implementar planes de reducción de riesgo, manejo de crisis y recuperación de daños, tal como lo indica la señalada ley. Por todo lo expuesto, agradezco a mis pares la aprobación de la presente iniciativa. MICAELA MORAN DIPUTADA NACIONAL/final_de_pagina/

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