Exportar por courier sin límite de valor: caen los topes y llegan nuevas reglas
Norma · Resolución General 5883/2026 · 29 de julio de 2026
Análisis DQST · 29 de julio de 2026
El exportador que usa el régimen de courier pasa de tener un límite de valor FOB a poder despachar envíos sin tope. En la práctica, quienes antes quedaban afuera por vender productos de mayor valor ahora entran al régimen simplificado, evitando el trámite de exportación formal, más caro y lento. Es el cambio que más beneficia: menos fricción de tiempo y dinero para cursar envíos elevados.
Del lado de la importación, en los pequeños envíos alcanzados por la exención del Decreto 1.065/2024 ya no hace falta consignar la posición arancelaria: se sustituye por un Código AFIP creado para eso, lo que aliviana la carga documental del despacho. En cambio, los Prestadores de Servicios Postales (PSP/Courier) quedan con una obligación nueva y expresa: conservar las constancias digitalizadas de entrega durante 5 años posteriores a la prescripción de la acción del Fisco, disponibles ante cualquier requerimiento aduanero. Es una carga de archivo prolongada que antes no estaba especificada en el texto.
Hay un punto que cambia dónde se leen las reglas: los requisitos de edad, domicilio y demás pautas para usar el régimen dejan de estar en el articulado de la norma y pasan al micrositio 'Envíos internacionales' de ARCA. El organismo puede modificarlos ahí de forma unilateral, sin la fijeza de una norma publicada en el Boletín Oficial, lo que reduce la visibilidad de la regla. Los PSP, además, deben adecuar sus sistemas al nuevo Anexo II y al cronograma de implementación.
Antes
Hasta ahora regía, en líneas generales, un tope de valor FOB para exportar por el régimen de courier, y los pequeños envíos exentos debían consignar su posición arancelaria en el despacho.
Ahora
Los exportadores pueden cursar envíos de cualquier valor por courier, sin tope. En los pequeños envíos exentos por el Decreto 1.065/2024 ya no se exige la posición arancelaria, reemplazada por un Código AFIP.
Qué cambia, punto por punto
exportadores que usan el régimen de courier
Antes
No podía · exportar por courier montos por encima del límite de valor FOB
- Monto: límite FOB previsto en la RG 5.608
→Ahora
Puede · exportar por courier sin restricción de valor
- Monto: sin tope
Diferencia neta · Se suprime el límite de valor FOB para exportaciones bajo el régimen de courier.
Art. 1 inc. b·modifica RG 5.608, Anexo I, ap. C punto 2.2(punto de partida no verificado)
importadores de pequeños envíos exentos
Antes
Estaba obligado a · consignar la posición arancelaria en la destinación sumaria PART
- Requisito: detalle con posición arancelaria
→Ahora
No puede · ser exigido de consignar la posición arancelaria cuando el envío está exento por el Decreto 1.065/2024
- Requisito: comprometer el Código AFIP creado para tal fin (RG 2.964)
Diferencia neta · En pequeños envíos exentos ya no se exige la posición arancelaria; se sustituye por un Código AFIP.
Art. 1 inc. d·modifica RG 5.608, Anexo III, Título I, ap. C punto 1.3(punto de partida no verificado)
Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier
Antes
Sin regular · conservar constancias digitalizadas de entrega
- Plazo: no especificado en el texto disponible
→Ahora
Está obligado a · conservar constancias digitalizadas de entrega de los envíos
- Plazo: 5 años después de operada la prescripción de la acción del Fisco
- Requisito: disponibles ante requerimiento del servicio aduanero
Diferencia neta · Se fija un plazo expreso de conservación de constancias digitales de entrega (5 años post-prescripción).
Art. 1 inc. e·modifica RG 5.608, Anexo III, Título II, ap. G(punto de partida no verificado)
usuarios del régimen de envíos internacionales
Antes
Debía · cumplir requisitos de edad, domicilio y demás pautas fijados en el texto de la RG 5.608
- Requisito: requisitos en el articulado
→Ahora
Debe · cumplir requisitos de edad, domicilio y demás pautas publicados en el micrositio web de ARCA
- Requisito: remitidos al micrositio 'Envíos internacionales'
Diferencia neta · Los requisitos se trasladan del texto normativo a un micrositio web modificable por ARCA.
Art. 1 inc. a·modifica RG 5.608, art. 2(punto de partida no verificado)
✓ Gana
- ·exportadores que usan el régimen de courier
Pierde
- ·Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier
Salida posible
Los PSP deben adecuar sus sistemas al nuevo Anexo II y al cronograma de implementación, e integrar la obligación de conservación de constancias digitales por el plazo extendido.
Rúbrica de libertad · quién gana y quién pierde
Impacto medioMedimos el efecto sobre la libertad de cada posición que la norma toca (quien compra, quien ofrece, quien tributa), sensor por sensor, contra el régimen anterior. Un +1 abre, un −1 cierra. No promediamos entre posiciones: cada una se declara por separado.
- EntradaAbre · más libertad+1
¿Puede la persona acceder al objeto?
Al suprimirse el tope FOB, exportadores con envíos de mayor valor que antes quedaban excluidos ahora pueden acceder al régimen simplificado de courier.
- EjercicioAbre · más libertad+1
Dentro del objeto, ¿cuánto margen tiene la persona para operar y disponer?
El exportador puede cursar envíos de cualquier valor por courier, ampliando el margen operativo sin necesidad de recurrir a destinaciones formales más pesadas.
- CostoAbre · más libertad+1
¿Cuánta fricción cuesta ejercer una libertad que ya se tiene?
Evita el trámite de exportación formal más costoso y lento para envíos de valor elevado, reduciendo fricción de tiempo y dinero.
- CostoAbre · más libertad+1
¿Cuánta fricción cuesta ejercer una libertad que ya se tiene?
En pequeños envíos alcanzados por la exención del Decreto 1.065/2024 ya no se exige consignar la posición arancelaria, reduciendo la carga documental del despacho.
- CostoCierra · menos libertad-1
¿Cuánta fricción cuesta ejercer una libertad que ya se tiene?
Deben conservar constancias digitalizadas de entrega por 5 años posteriores a la prescripción de la acción del Fisco, lo que impone una carga de archivo prolongada.
El decisor · ¿puede el Estado quitar la libertad a voluntad?
Aplica a todas las posiciones- Alcance del poderAbre · más libertad+1
¿Cuánta materia se reserva el Estado para decidir?
El Estado se retira de fijar un tope de valor a la exportación por courier, devolviendo la decisión de monto al exportador.
- ArbitrariedadCierra · menos libertad-1
Dentro de lo que decide, ¿el Estado decide por regla o por discreción?
Los requisitos de edad, domicilio y demás pautas quedan definidos en un micrositio web que ARCA puede modificar unilateralmente, sin la fijeza de una norma publicada.
- TransparenciaCierra · menos libertad-1
¿Es visible, motivada e impugnable la decisión del Estado?
El contenido normativo (requisitos y cronograma de implementación) se remite a un micrositio externo en lugar del texto publicado en el Boletín Oficial, reduciendo la visibilidad de la regla.
La norma amplía la libertad de exportar por courier al eliminar el tope de valor y reduce fricción documental en pequeños envíos importados; en contrapartida, el traslado de requisitos a un micrositio web resta previsibilidad y transparencia de la regla estatal.
Además de qué hace · cómo se dictó
El estado de derecho es una condición de la libertad. Este examen es de la norma en sí misma y va separado del saldo de libertad: una norma puede ampliar libertades y aun así haber sido dictada por la puerta equivocada.
¿Vale para todos los que están en la misma situación?
Aplica a todos los PSP/Courier habilitados y a quienes usan el régimen, sin destinatario singular.
¿Rige hacia adelante, respetando situaciones consolidadas?
Rige hacia adelante desde el día siguiente a su publicación, con cronograma de implementación.
¿Es determinable qué manda, a quién y desde cuándo?
Los requisitos de edad, domicilio y demás pautas se derivan a un micrositio web modificable sin norma, trasladando el contenido a un acto administrativo no publicado en el BO.
¿Quien la dictó podía dictarla, en esa forma?
ARCA/DGA actúa por encomienda de la Secretaría de Industria y dentro de su competencia aduanera reglamentaria.