Hasta 2027, el ENARGAS calculará las diferencias del gas con mano más libre
Norma · Resolución 331/2026 · 30 de julio de 2026
Análisis DQST · 30 de julio de 2026
El cambio reemplaza un método fijo por uno flexible. Antes, las Diferencias Diarias Acumuladas —el mecanismo que traslada a la tarifa las variaciones del precio del gas— se calculaban paso a paso según reglas escritas. Ahora, hasta fines de 2027, esas reglas dejan de ser obligatorias al detalle: el ENARGAS conserva los objetivos de la norma como guía, pero decide caso a caso qué aplica según un estándar de pertinencia que define el propio Ente.
El principal efecto es sobre la previsibilidad. Al pasar de un procedimiento reglado a un criterio abierto, se amplía la discreción del ENARGAS y se vuelve más difícil anticipar —y cuestionar— cómo llega a cada número que termina impactando en la factura. Los usuarios de gas por red pierden legibilidad sobre cómo se forma el componente de precio del gas en su boleta; las distribuidoras pierden certeza sobre cuánto del diferencial de precio se les reconoce, algo que afecta directamente su equilibrio económico.
Se trata de un régimen provisorio atado a la emergencia energética. La consigna, tanto para distribuidoras como para usuarios, es operar bajo determinaciones del Ente definidas una por una, hasta que la emergencia termine y se restablezca el procedimiento reglado.
Antes
Hasta ahora regía, en líneas generales, un procedimiento reglado: el ENARGAS y las distribuidoras determinaban las Diferencias Diarias Acumuladas siguiendo los criterios específicos fijados en la Resolución 559/2025.
Ahora
Hasta el 31 de diciembre de 2027, mientras dure la emergencia energética, ese procedimiento reglado queda suspendido: las diferencias se determinan resguardando 'el objeto y el espíritu' de la 559/2025 sólo 'en la medida que resulten pertinentes', a criterio del Ente.
Qué cambia, punto por punto
ENARGAS y licenciatarias de distribución de gas
Antes
Estaba obligado a · determinar las Diferencias Diarias Acumuladas conforme el procedimiento reglado de la Res. 559/2025
- Requisito: Aplicar los criterios y lineamientos específicos de la Res. 559/2025
→Ahora
Está obligado a · determinar las Diferencias Diarias Acumuladas resguardando el objeto y espíritu de la Res. 559/2025 en la medida que resulten pertinentes
- Plazo: Hasta el 31 de diciembre de 2027 (duración de la emergencia energética)
- Requisito: Estándar de pertinencia a criterio del Ente
Diferencia neta · Se suspende el procedimiento reglado de DDA y se reemplaza por una determinación discrecional guiada por un estándar abierto durante la emergencia.
Art. 1 y 2·modifica RESOL-2025-559-APN-DIRECTORIO#ENARGAS(punto de partida no verificado)
Pierde
- ·usuarios de gas por red
- ·distribuidoras de gas natural
Salida posible
Distribuidoras y usuarios operan bajo un régimen provisorio: el Ente conserva los objetivos de la Res. 559/2025 como guía, por lo que la adaptación consiste en seguir las determinaciones caso a caso hasta que finalice la emergencia y se restablezca el procedimiento reglado.
Rúbrica de libertad · quién gana y quién pierde
Impacto medioMedimos el efecto sobre la libertad de cada posición que la norma toca (quien compra, quien ofrece, quien tributa), sensor por sensor, contra el régimen anterior. Un +1 abre, un −1 cierra. No promediamos entre posiciones: cada una se declara por separado.
- InformaciónCierra · menos libertad-1
¿Es legible el objeto para quien decide sobre él?
El traslado a tarifa de las diferencias de precio del gas deja de calcularse por un procedimiento reglado y pasa a un criterio discrecional, volviendo menos legible para el usuario cómo se forma el componente de precio del gas en su factura.
- InformaciónCierra · menos libertad-1
¿Es legible el objeto para quien decide sobre él?
Las licenciatarias pierden la previsibilidad del procedimiento reglado de DDA: la determinación de cuánto se reconoce del diferencial de precio queda sujeta a un estándar abierto del Ente, opacando el cálculo que afecta su equilibrio económico.
El decisor · ¿puede el Estado quitar la libertad a voluntad?
Aplica a todas las posiciones- ArbitrariedadCierra · menos libertad-1
Dentro de lo que decide, ¿el Estado decide por regla o por discreción?
Se pasa de un procedimiento reglado (Res. 559/2025) a una determinación de las DDA guiada sólo por 'el objeto y el espíritu' de esos criterios 'en la medida que resulten pertinentes', ampliando la discreción del Ente.
- TransparenciaCierra · menos libertad-1
¿Es visible, motivada e impugnable la decisión del Estado?
El estándar difuso resta previsibilidad y verificabilidad a cómo el Ente calcula las diferencias que impactan en la tarifa, dificultando su impugnación.
La norma no cierra ni abre accesos, pero sustituye una regla previsible de cálculo tarifario por un estándar discrecional durante toda la emergencia, aumentando la arbitrariedad estatal y reduciendo la legibilidad del componente precio del gas para usuarios y distribuidoras.
Además de qué hace · cómo se dictó
El estado de derecho es una condición de la libertad. Este examen es de la norma en sí misma y va separado del saldo de libertad: una norma puede ampliar libertades y aun así haber sido dictada por la puerta equivocada.
¿Vale para todos los que están en la misma situación?
Aplica a todas las licenciatarias de distribución de gas y a Redengas, categoría general.
¿Rige hacia adelante, respetando situaciones consolidadas?
Rige hacia adelante durante la emergencia; no altera DDA ya liquidadas.
¿Es determinable qué manda, a quién y desde cuándo?
'Resguardar el objeto y el espíritu en la medida que resulten pertinentes' es textura abierta que traslada la decisión al aplicador.
¿Quien la dictó podía dictarla, en esa forma?
El ENARGAS es competente para reglar el procedimiento tarifario del gas bajo Ley 24.076.