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La policía podrá seguir vigilando a menores online sin orden judicial en 5 casos

Norma · Resolución 725/2026 · 29 de julio de 2026

Análisis DQST · 29 de julio de 2026

El cambio invierte una regla básica: el agente de prevención cibernética dejaba de mirar cuando se daba cuenta de que del otro lado había un chico. Ahora, en cinco situaciones puntuales, puede seguir monitoreando sin pedirle permiso a un juez. Esos supuestos son riesgo de vida; desamparo, fuga o sustracción; conducta autolesiva o suicida; menor víctima de un delito en tiempo real; e indicios fundados de riesgo para otros menores, incluida la planificación de violencia masiva.

El argumento a favor es concreto: casos como un suicidio en curso o la planificación de un ataque escolar antes obligaban al agente a detenerse justo cuando podía intervenir. Con la nueva redacción, ese freno desaparece en esas emergencias y el Estado se reserva más materia para actuar sin autorización judicial previa.

La contrapartida recae sobre los menores monitoreados: su margen de privacidad frente al Estado se achica. El punto sensible es que los supuestos usan estándares abiertos —'presunción', 'indicios fundados', sin exigir certeza sobre la inminencia—, lo que amplía la discreción del propio agente para decidir cuándo seguir vigilando, sin control judicial de por medio. Por eso la única barrera que queda es la obligación de registrar en detalle y comunicar de inmediato a la autoridad responsable.

Antes

Hasta ahora regía, en líneas generales, que al detectar que estaba frente a un menor de edad el agente de prevención cibernética debía suspender la tarea, dejar constancia en el libro y avisar a la autoridad responsable, sin tratar datos ni publicaciones del menor sin autorización judicial.

Ahora

El personal policial pasa de estar obligado a suspender el monitoreo a poder continuarlo sin orden judicial en cinco supuestos de riesgo, siempre con constancia detallada en el libro de registro y comunicación inmediata a la autoridad responsable.

Qué cambia, punto por punto

  • personal policial de prevención cibernética

    Antes

    Estaba obligado a · suspender la tarea de prevención al advertir certeza o presunción de estar ante un menor de edad

    • Requisito: Dejar constancia en el libro de registro y avisar a la autoridad responsable; prohibición de tratar datos sensibles y publicaciones de menores sin autorización judicial.

    Ahora

    Puede · continuar el monitoreo del menor sin autorización judicial en cinco supuestos de riesgo

    • Requisito: Riesgo de vida; desamparo/fuga/sustracción; conducta autolesiva o suicida sin exigir certeza de inminencia; víctima de delito en tiempo real; o indicios fundados de riesgo para otros menores incluida planificación de violencia masiva. En todos, constancia detallada en libro de registro y comunicación inmediata a la autoridad responsable.

    Diferencia neta · Se habilita al agente a no suspender el monitoreo de menores en línea sin orden judicial en supuestos de riesgo definidos con estándares abiertos, con obligación de registrar y comunicar.

    Art. 1·modifica Resolución MS 428/2024, art. 3 inc. g(punto de partida no verificado)

Pierde

  • ·personas menores de edad monitoreadas en entornos cibernéticos

Salida posible

El personal policial gana un marco para actuar en emergencias reales (suicidio inminente, planificación de violencia escolar) que antes lo obligaba a detenerse; la contrapartida es que la ampliación de discreción debería acompañarse de controles y registro riguroso para evitar abusos.

Rúbrica de libertad · quién gana y quién pierde

Impacto medio
¿Qué es esto? →

Medimos el efecto sobre la libertad de cada posición que la norma toca (quien compra, quien ofrece, quien tributa), sensor por sensor, contra el régimen anterior. Un +1 abre, un −1 cierra. No promediamos entre posiciones: cada una se declara por separado.

personas menores de edad monitoreadas en entornos cibernéticos
Pierde libertad-3
  • EjercicioCierra · menos libertad-1

    Dentro del objeto, ¿cuánto margen tiene la persona para operar y disponer?

    Se reduce el margen de privacidad del menor frente al Estado: antes la tarea preventiva debía suspenderse al detectar que se trataba de un menor; ahora en cinco supuestos el monitoreo continúa sin orden judicial.

El decisor · ¿puede el Estado quitar la libertad a voluntad?

Aplica a todas las posiciones
  • Alcance del poderCierra · menos libertad-1

    ¿Cuánta materia se reserva el Estado para decidir?

    El Estado se reserva más materia: habilita a continuar el monitoreo policial de menores en línea sin autorización judicial en cinco supuestos donde antes debía suspenderse.

  • ArbitrariedadCierra · menos libertad-1

    Dentro de lo que decide, ¿el Estado decide por regla o por discreción?

    Los estándares ('presunción', 'indicios fundados', 'sin necesidad de acreditar certeza sobre la inminencia') amplían la discreción del agente para decidir por sí mismo, sin control judicial previo, cuándo seguir vigilando.

La norma amplía el margen del Estado para vigilar a menores en internet sin autorización judicial en supuestos de riesgo, con estándares de textura abierta; reduce la privacidad efectiva del menor frente al poder policial aunque persiga su protección.

Además de qué hace · cómo se dictó

El estado de derecho es una condición de la libertad. Este examen es de la norma en sí misma y va separado del saldo de libertad: una norma puede ampliar libertades y aun así haber sido dictada por la puerta equivocada.

GeneralidadNo adolece

¿Vale para todos los que están en la misma situación?

Regla general aplicable a todo el personal policial que realiza prevención cibernética, sin destinatario singular.

IrretroactividadNo adolece

¿Rige hacia adelante, respetando situaciones consolidadas?

Rige desde su publicación, hacia adelante, sobre tareas de prevención futuras.

ClaridadAdolece

¿Es determinable qué manda, a quién y desde cuándo?

Los supuestos habilitantes usan textura abierta ('indicios', 'presunción', 'riesgo', 'sin acreditar certeza sobre la inminencia') que traslada al agente la decisión de continuar el monitoreo sin orden judicial.

Competencia del órganoNo adolece

¿Quien la dictó podía dictarla, en esa forma?

El Ministerio de Seguridad modifica su propio protocolo interno dentro de las facultades de la Ley 22.520 y la Ley 24.059.

Norma vinculada

Fuente · Boletín Oficial de la República Argentina

Revisado por nuestro equipo editorial

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