La SRT limpia su listado de normas: qué reglas de riesgos del trabajo ya no rigen
Norma · Resolución 35/2026 · 28 de julio de 2026
Análisis DQST · 28 de julio de 2026
El sistema de riesgos del trabajo se saca de encima papeles que ya no servían. La medida hace dos cosas concretas: por un lado, blanquea qué resoluciones del Anexo I dejaron de regir y desde cuándo, caso por caso; por otro, deroga de forma expresa los artículos y resoluciones del Anexo II, comprendidos en los criterios de simplificación del Decreto 90/2025, con vigencia desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial.
Los beneficiados son los empleadores y las ART administrados por el sistema. Al quitar del Digesto Institucional normas obsoletas o superpuestas, se vuelve más legible qué reglas de riesgos del trabajo están efectivamente vigentes, y baja el costo de cumplimiento: ya no hace falta rastrear e interpretar resoluciones que estaban tácitamente derogadas. Depurar el listado también recorta el margen para que un aplicador invoque a discreción reglas viejas contra el administrado.
No hay un actor que pierda con el cambio, pero sí una tarea pendiente para las áreas de cumplimiento: deben verificar contra los Anexos I y II cuáles normas dejaron de regir y ajustar sus procedimientos internos. La actualización del Digesto Institucional convierte esa depuración en registro oficial, de modo que el marco estatal sea visible y determinable para quien tiene que cumplirlo.
Antes
Hasta ahora, en el listado de normas de la SRT, varias resoluciones podían figurar como vigentes aunque en la práctica ya habían quedado sin efecto. Quien tenía que cumplir debía rastrear e interpretar reglas que, en los hechos, ya no aplicaban.
Ahora
La norma reconoce formalmente la pérdida de vigencia de las resoluciones del Anexo I, con las fechas que corresponden a cada caso, y deroga expresamente los artículos y resoluciones del Anexo II desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial. Además, ordena al Departamento de Secretaría General actualizar el Digesto Institucional para reflejar estas bajas.
Qué cambia, punto por punto
resoluciones de la SRT listadas en el Anexo I
Antes
Podía · figurar como vigentes pese a estar tácitamente derogadas
→Ahora
Sin regular · reconocerse su pérdida de vigencia desde las fechas de cada caso
- Plazo: fechas especificadas caso por caso en el Anexo I
Diferencia neta · Se blanquea formalmente qué resoluciones ya no rigen por derogación tácita.
Art. 1
artículos y resoluciones de la SRT listados en el Anexo II
Antes
Estaba obligado a · aplicar reglas comprendidas en los criterios de simplificación del Decreto 90/2025
→Ahora
Sin regular · aplicar esas reglas, ahora derogadas expresamente
- Plazo: desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial
Diferencia neta · Desaparecen del cuerpo normativo obligaciones y reglas comprendidas en los criterios de depuración del Decreto 90/2025.
Art. 2·modifica Decreto 90/2025, art. 3 incs. a) y b)(punto de partida no verificado)
Departamento de Secretaría General de la SRT
Antes
Sin regular · mantener el Digesto Institucional sin reflejar las derogaciones
→Ahora
Está obligado a · actualizar el Digesto Institucional conforme a las derogaciones dispuestas
Diferencia neta · Se ordena reflejar la depuración en el registro oficial de normas de la SRT.
Art. 3
✓ Gana
- ·empleadores y ART administrados por el sistema de riesgos del trabajo
Rúbrica de libertad · quién gana y quién pierde
Impacto bajoMedimos el efecto sobre la libertad de cada posición que la norma toca (quien compra, quien ofrece, quien tributa), sensor por sensor, contra el régimen anterior. Un +1 abre, un −1 cierra. No promediamos entre posiciones: cada una se declara por separado.
- InformaciónAbre · más libertad+1
¿Es legible el objeto para quien decide sobre él?
Quitar del digesto normas obsoletas o superpuestas vuelve más legible qué reglas de riesgos del trabajo están efectivamente vigentes para quien debe cumplirlas.
- CostoAbre · más libertad+1
¿Cuánta fricción cuesta ejercer una libertad que ya se tiene?
Reduce el costo de cumplimiento al eliminar la necesidad de rastrear e interpretar resoluciones tácitamente derogadas que ya no aplican.
El decisor · ¿puede el Estado quitar la libertad a voluntad?
Aplica a todas las posiciones- ArbitrariedadAbre · más libertad+1
Dentro de lo que decide, ¿el Estado decide por regla o por discreción?
Depurar normas tácitamente derogadas y duplicadas reduce el margen para que el aplicador invoque discrecionalmente reglas obsoletas contra el administrado.
- TransparenciaAbre · más libertad+1
¿Es visible, motivada e impugnable la decisión del Estado?
La actualización del Digesto Institucional hace visible y determinable qué resoluciones rigen efectivamente, mejorando la legibilidad del marco estatal.
La norma no crea ni quita derechos sustantivos: depura el digesto de la SRT eliminando reglas obsoletas y duplicadas, lo que reduce fricción de cumplimiento y mejora la legibilidad del marco estatal, un efecto liberador modesto y de forma.
Además de qué hace · cómo se dictó
El estado de derecho es una condición de la libertad. Este examen es de la norma en sí misma y va separado del saldo de libertad: una norma puede ampliar libertades y aun así haber sido dictada por la puerta equivocada.
¿Vale para todos los que están en la misma situación?
Aplica al sistema normativo de riesgos del trabajo en general, sin destinatario singular identificable.
¿Rige hacia adelante, respetando situaciones consolidadas?
Las derogaciones del Art. 2 rigen desde la vigencia de la resolución; las del Art. 1 fijan fechas ya operadas por derogación tácita, sin recrear efectos sobre derechos consolidados.
¿Es determinable qué manda, a quién y desde cuándo?
El contenido concreto derogado vive en los Anexos I y II (IF externos), no en el texto de la resolución: exige consultar los anexos web para determinar qué normas caen.
¿Quien la dictó podía dictarla, en esa forma?
La SRT ejerce facultades del art. 36 Ley 24.557 y el Decreto 90/2025 de simplificación para ordenar su propio digesto.