DeQuéSeTrata

Los generadores renovables ahora pueden salir del contrato pagando solo el 14%

Norma · Resolución 257/2026 · 25 de septiembre de 2026

Análisis DQST · 25 de septiembre de 2026

La norma le da a los generadores renovables una salida que antes no tenían. El que quiera rescindir su Contrato de Abastecimiento puede hacerlo, por única vez, pagando el 14% de la Garantía de Cumplimiento de Contrato (más costas si hay juicio) y sin abonar las penalidades pendientes. A cambio, renuncia a todo reclamo contra el Estado y CAMMESA y a los beneficios fiscales que todavía no haya usado. Quien tenga la planta habilitada y rescinda puede además pasar a comercializar su energía en el Mercado a Término (MATER) desde el mes siguiente, con un cargo de ingreso de USD 500/MW trimestral durante dos años, conservando la prioridad de despacho.

Para los que prefieren quedarse, la reforma abre otra puerta: reconducir el contrato. Los proyectos en operación de las Rondas 1, 1.5 y 2 pueden dejar sin efecto la Energía Comprometida y eliminar el Reporte de Producción de Energía —esos compromisos cesan desde el 1 de junio de 2026— a cambio de recortar dos años el plazo de abastecimiento. Los que arrastran deficiencias tienen un Período de Recupero de cuatro años para cubrir la energía no entregada, y los que cargan penalidades pueden reconducir reduciendo el plazo en proporción a lo que no abastecieron.

El esquema también alcanza a los proyectos del programa RenMDI (renglones 1 y 2), que ganan 365 días corridos adicionales para llegar a la habilitación comercial, pagando USD 5.000/MW trimestral en la prórroga y USD 7.000/MW en el plazo adicional, y perdiendo dos días de abastecimiento por cada día usado. En todos los casos el beneficio viene con la misma contrapartida: renunciar a reclamos previos. Los ganadores son los generadores de RenovAr y RenMDI, que pasan de estar cautivos de un contrato sin salida a poder elegir continuar, salir o migrar al mercado libre; no hay perdedores identificados, y quien opte por irse resigna beneficios fiscales y su derecho a reclamar, pero se libera de las penalidades pendientes.

Antes

Hasta ahora regía, en líneas generales, un régimen que mantenía a los generadores del programa RenovAr atados a su Contrato de Abastecimiento con CAMMESA, con compromisos fijos de energía, penalidades por incumplimiento y sin una vía clara para rescindir o pasarse al mercado libre.

Ahora

Se deroga aquel régimen de compensación de penalidades y se lo reemplaza por un esquema que permite, por única vez, rescindir el contrato pagando el 14% de la garantía de cumplimiento, reconducirlo eliminando compromisos rígidos, o migrar al mercado libre.

Qué cambia, punto por punto

  • Secretaría de Energía y generadores RenovAr

    Antes

    Estaba obligado a · regirse por el régimen de compensación de penalidades de la Res. 883/23

    Ahora

    Sin regular · aplicar la Res. 883/23

    • Requisito: Resolución dejada sin efecto

    Diferencia neta · Se deroga el régimen anterior de compensación de penalidades y se lo reemplaza por el nuevo esquema de rescisión y reconducción.

    Art. 1·modifica Res. SE 883/2023(punto de partida no verificado)

  • Generadores renovables adjudicados en RenovAr

    Antes

    No podía · rescindir el Contrato de Abastecimiento con quita de penalidades

    Ahora

    Puede · solicitar la rescisión del Contrato de Abastecimiento ante CAMMESA

    • Plazo: por única vez
    • Monto: 14% de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, más costas si hay juicio
    • Requisito: renuncia a todo reclamo contra Estado/CAMMESA y a beneficios fiscales no gozados; penalidades pendientes no se pagan

    Diferencia neta · Se habilita una vía de salida contractual con quita de penalidades pendientes a cambio de pago acotado y renuncia a reclamos.

    Art. 2

  • Generadores renovables habilitados comercialmente que rescinden

    Antes

    No podía · comercializar su generación en el MATER

    Ahora

    Puede · comercializar su generación en el MATER

    • Plazo: desde el mes siguiente a la rescisión, por 2 años el cargo de ingreso
    • Monto: USD 500/MW trimestral por potencia habilitada
    • Requisito: cumplir incisos a, b y c del art. 2; conserva prioridad de despacho

    Diferencia neta · Se abre el acceso al Mercado a Término para los proyectos que rescinden, con cargo de ingreso acotado.

    Art. 4

  • Generadores RenovAr en operación comercial (Rondas 1, 1.5, 2)

    Antes

    Estaba obligado a · cumplir los compromisos de Energía Comprometida, Energía Comprometida Mínima y presentar el Reporte de Producción de Energía (RPE)

    Ahora

    Puede · reconducir el contrato dejando sin efecto la Energía Comprometida y eliminando el RPE

    • Plazo: compromisos cesan desde el 1/6/2026
    • Requisito: reducción de 2 años del período de abastecimiento y renuncia a reclamos previos

    Diferencia neta · Se elimina el compromiso de Energía Comprometida y el RPE a cambio de reducir 2 años el plazo de abastecimiento.

    Art. 5

  • Generadores RenovAr con deficiencia de abastecimiento

    Antes

    No podía · recuperar la energía no abastecida en un período extendido

    Ahora

    Puede · abastecer la energía deficitaria durante un Período de Recupero

    • Plazo: 4 años de producción siguientes
    • Requisito: renuncia a reclamos previos

    Diferencia neta · Se habilita un período de recupero de 4 años para cubrir deficiencias de abastecimiento.

    Art. 6

  • Generadores RenovAr con penalidades por deficiencia mayor/menor

    Antes

    Estaba obligado a · afrontar penalidades por deficiencia de abastecimiento mayor o menor

    Ahora

    Puede · reconducir el contrato reduciendo el plazo de abastecimiento proporcional a la energía no abastecida

    • Requisito: renuncia a reclamos previos, según fórmula del artículo

    Diferencia neta · Se permite reconducir contratos con penalidades a cambio de reducción proporcional del período de abastecimiento.

    Art. 7

  • Proyectos adjudicados en RenMDI (Res. 609/23), renglones 1 y 2

    Antes

    No podía · extender la Prórroga Máxima de la Fecha de Habilitación Comercial más allá de la Cláusula 3.7 del Pliego

    Ahora

    Puede · acceder a un plazo adicional para alcanzar la habilitación comercial

    • Plazo: 365 días corridos adicionales
    • Monto: USD 5.000/MW trimestral en la prórroga; USD 7.000/MW en el plazo adicional
    • Requisito: reducción de 2 días de abastecimiento por día usado y renuncia a reclamos

    Diferencia neta · Se otorgan 365 días extra de prórroga a los proyectos RenMDI con escala de pagos y reducción del período de abastecimiento.

    Art. 13·modifica Res. SE 609/2023(punto de partida no verificado)

✓ Gana

  • ·Generadores renovables adjudicados en RenovAr
  • ·Proyectos adjudicados en RenMDI (Res. 609/23)

Rúbrica de libertad · quién gana y quién pierde

Impacto medio
¿Qué es esto? →

Medimos el efecto sobre la libertad de cada posición que la norma toca (quien compra, quien ofrece, quien tributa), sensor por sensor, contra el régimen anterior. Un +1 abre, un −1 cierra. No promediamos entre posiciones: cada una se declara por separado.

Generadores renovables adjudicados en RenovArquien ofrece
Gana libertad+5
  • EntradaAbre · más libertad+1

    ¿Puede la persona acceder al objeto?

    Los proyectos habilitados comercialmente pueden ingresar al Mercado a Término (MATER) y comercializar libremente su energía, abriéndoles acceso a un mercado antes vedado por el contrato con CAMMESA.

  • EjercicioAbre · más libertad+1

    Dentro del objeto, ¿cuánto margen tiene la persona para operar y disponer?

    La reconducción (arts. 5-7) elimina los compromisos rígidos de Energía Comprometida, el RPE y permite recuperar deficiencias, ampliando el margen operativo del generador dentro del contrato.

  • SalidaAbre · más libertad+1

    ¿Puede la persona desprenderse o cesar sin traba?

    Se habilita una vía concreta de rescisión del Contrato de Abastecimiento y del FODER pagando 14% de la garantía, permitiendo desprenderse de un vínculo antes sin salida clara.

  • CostoAbre · más libertad+1

    ¿Cuánta fricción cuesta ejercer una libertad que ya se tiene?

    Las penalidades pendientes de pago no deben abonarse al rescindir y el pago de salida se fija en un 14% acotado de la garantía, reduciendo la fricción económica de dejar el contrato.

Proyectos adjudicados en RenMDI (Res. 609/23)quien ofrece
Gana libertad+2
  • EjercicioAbre · más libertad+1

    Dentro del objeto, ¿cuánto margen tiene la persona para operar y disponer?

    Obtienen 365 días adicionales de prórroga para alcanzar la habilitación comercial (pagando USD 5.000 o 7.000/MW trimestral según tramo), ampliando el margen temporal para ejecutar el proyecto a cambio de reducir 2 días de abastecimiento por día usado.

El decisor · ¿puede el Estado quitar la libertad a voluntad?

Aplica a todas las posiciones
  • Alcance del poderAbre · más libertad+1

    ¿Cuánta materia se reserva el Estado para decidir?

    El Estado abre una vía voluntaria de salida y de recomposición contractual, devolviendo a los generadores la decisión de continuar, rescindir o migrar al mercado libre en lugar de mantenerlos cautivos del contrato original.

La norma amplía la libertad real de los generadores renovables: les da vías voluntarias para salir del contrato, migrar al mercado libre o reconducirlo con menos ataduras, y les quita el peso de penalidades pendientes. El costo es renunciar a reclamos contra el Estado, condición del beneficio.

Además de qué hace · cómo se dictó

El estado de derecho es una condición de la libertad. Este examen es de la norma en sí misma y va separado del saldo de libertad: una norma puede ampliar libertades y aun así haber sido dictada por la puerta equivocada.

GeneralidadNo adolece

¿Vale para todos los que están en la misma situación?

Aplica a todas las sociedades adjudicatarias de RenovAr en igual situación, sin destinatario singular.

IrretroactividadNo adolece

¿Rige hacia adelante, respetando situaciones consolidadas?

Rige hacia adelante; art. 9 preserva montos ya abonados y no los somete a reclamo, respetando situaciones consolidadas.

ClaridadNo adolece

¿Es determinable qué manda, a quién y desde cuándo?

Requisitos, porcentajes, cargos y plazos están determinados; el art. 7 remite a una fórmula que el texto indica pero no reproduce, punto menor.

Competencia del órganoNo adolece

¿Quien la dictó podía dictarla, en esa forma?

La Secretaría de Energía es autoridad de aplicación del régimen RenovAr (Leyes 26.190/27.191) y actúa dentro de esa competencia.

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Fuente · Boletín Oficial de la República Argentina

Revisado por nuestro equipo editorial

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