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Suba escalonada para estatales: aumentos hasta agosto y un bono de $50.000

Publicado · Decreto 552/2026 · 26 de julio de 2026

El Gobierno homologó las actas acuerdo del convenio colectivo de los trabajadores estatales y puso en marcha una recomposición salarial en tres tramos: 2,40% en junio, 2,20% en julio y 1,90% en agosto de 2026. A eso se suma un pago único de $50.000 por persona, una suma fija remunerativa no bonificable que se abona con los sueldos de agosto. La medida alcanza al personal permanente y no permanente comprendido en el convenio general de la Administración Pública Nacional.

El acuerdo también toca a otros grupos. Los residentes médicos nacionales del Ministerio de Salud y del Hospital Garrahan reciben nuevas remuneraciones por categoría —desde primer año hasta jefatura— actualizadas en las mismas fechas. Además, se mueven los topes de retribución que habilitan a hacer servicios extraordinarios: pasan a $871.825 en junio, $891.005 en julio y $907.934 en agosto, sin computar conceptos como grados extraordinarios, zona y tramo. También se sustituyen los incisos sobre licencias por examen, enfermedad propia y acompañamiento terapéutico.

Los beneficiados son los empleados estatales, los residentes y el personal civil de inteligencia. El costo lo absorbe el Tesoro Nacional —es decir, los contribuyentes que financian la masa salarial— dentro del presupuesto vigente. En paralelo, el decreto vuelve a postergar la entrada en vigencia del Régimen de Dirección Pública, del 1 de junio al 31 de agosto de 2026, para revisar y evaluar cómo implementarlo antes de que empiece a regir.

Antes

Hasta ahora regía, en líneas generales, que el personal de la Administración Pública Nacional cobraba según las escalas salariales vigentes al 31 de mayo de 2026, sin un bono excepcional acordado.

Ahora

El decreto homologa un acuerdo que otorga aumentos escalonados del 2,40% en junio, 2,20% en julio y 1,90% en agosto, más una suma fija única de $50.000 que se cobra con los haberes de agosto.

Qué cambia, punto por punto

  • personal permanente y no permanente del Convenio Colectivo General de la APN

    Antes

    Debía percibir las retribuciones según escalas vigentes al 31 de mayo de 2026

    Ahora

    Debe percibir incrementos escalonados sobre las retribuciones mensuales

    • Plazo: 1/6/2026, 1/7/2026 y 1/8/2026
    • Monto: 2,40% en junio, 2,20% en julio, 1,90% en agosto

    Diferencia neta · Se otorga un incremento salarial acumulado escalonado al personal de la APN.

    Art. 1 y 2·modifica Decreto 214/06(punto de partida no verificado)

  • personal permanente y no permanente del Convenio Colectivo General de la APN

    Antes

    Sin regular sin bono excepcional acordado

    Ahora

    Debe percibir una suma fija remunerativa no bonificable excepcional por única vez

    • Plazo: haberes de agosto de 2026
    • Monto: $50.000 por persona, percepción única

    Diferencia neta · Se habilita el pago de un bono único de $50.000.

    Art. 1 (acta homologada)

  • agentes habilitados para servicios extraordinarios (excepto requeridos por terceros)

    Antes

    No podía superar el tope de retribución bruta vigente para realizar servicios extraordinarios

    Ahora

    No puede superar el tope de retribución bruta para realizar servicios extraordinarios

    • Plazo: desde 1/6/2026, 1/7/2026 y 1/8/2026
    • Monto: $871.825, luego $891.005, luego $907.934
    • Requisito: no se computan grados extraordinarios, zona, tramo y otros conceptos enumerados

    Diferencia neta · Se actualizan los topes de retribución para habilitar servicios extraordinarios.

    Art. 3

  • Régimen de Dirección Pública (Anexo IV del CCT homologado por Decreto 214/06)

    Antes

    Debía entrar en vigencia según la prórroga previa del Acta del 27/12/2022

    Ahora

    Debe postergar la entrada en vigencia del Régimen de Dirección Pública

    • Plazo: del 1/6/2026 al 31/8/2026
    • Requisito: hasta tanto se efectúe la revisión y se evalúen los mecanismos de implementación

    Diferencia neta · Se prorroga nuevamente la entrada en vigor del Régimen de Dirección Pública.

    Art. 1 (acta homologada)·modifica Decreto 214/06, Anexo IV(punto de partida no verificado)

  • profesionales residentes nacionales del Ministerio de Salud y Hospital Garrahan

    Antes

    Debía percibir las remuneraciones de residentes según valores previos

    Ahora

    Debe percibir las nuevas remuneraciones fijadas por categoría de residente

    • Plazo: 1/6, 1/7 y 1/8 de 2026
    • Monto: según escala por categoría (jefe, 4°, 3°, 2°, 1° año)

    Diferencia neta · Se actualizan las remuneraciones y becas de residentes nacionales.

    Art. 5 y 6·modifica Decreto 435/12, Anexo I(punto de partida no verificado)

  • personal de la APN beneficiario de licencias

    Antes

    Podía gozar de licencias por examen, enfermedad propia y acompañamiento terapéutico según incisos b, c y d originales

    Ahora

    Puede gozar de las licencias con el texto sustituido de los incisos b, c y d

    • Plazo: por el período acordado

    Diferencia neta · Se sustituyen los incisos sobre licencias por examen, enfermedad y acompañamiento terapéutico.

    Art. 1 (acta homologada)·modifica Decreto 837/20, art. 2(punto de partida no verificado)

✓ Gana

  • ·empleados permanentes y no permanentes de la Administración Pública Nacional
  • ·residentes médicos nacionales
  • ·personal civil de inteligencia de la SIDE

Pierde

  • ·Tesoro Nacional / contribuyentes que financian la masa salarial

Salida posible

El erario absorbe el mayor gasto salarial dentro del presupuesto vigente; la prórroga del Régimen de Dirección Pública le da margen para revisar su implementación antes de que entre en vigor.

Rúbrica de libertad · quién gana y quién pierde

Impacto alto
¿Qué es esto? →

Es un acuerdo paritario interno del Estado empleador que fija salarios y condiciones de su propio personal; no altera mercados, barreras de entrada ni reglas para terceros, por lo que es neutral en los cinco ejes de libertad económica.

Norma vinculada

Fuente · Boletín Oficial de la República Argentina

Clasificación asistida por IA · Revisada por un editor

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