REFORMA·▼ EL ESTADO RETROCEDIÓ · DESREGULA·Mediación prejudicial · Ministerio de Justicia
Las partes pueden entrar solas al trámite de mediación previo al juicio
La Resolución 277/2026 pone en marcha el SIGIM, una plataforma digital integral que absorbe al viejo sistema MEPRE y suma un Portal de Mediación para que los particulares accedan de forma directa. La implementación es progresiva desde el 29 de junio de 2026.
Por Nicolás Yacoy · Director editorial
Resolución 277/2026 · MINISTERIO DE JUSTICIABoletín Oficial · 2026-06-26Publicado por DQST · 15 de jul de 2026

Antes
El sistema MEPRE era de uso restringido a los mediadores habilitados: la clave de acceso era personal y exclusiva del mediador, las actas se firmaban en forma ológrafa con sello registrado y ciertas constancias iban en papel.
Después
El SIGIM concentra toda la gestión, habilita el Portal de Mediación para los particulares, exige firma digital a los mediadores y cursa notificaciones electrónicas interoperables con el domicilio fiscal de ARCA.
Un sistema pensado para el mediador que ahora deja entrar al ciudadano
El MEPRE, creado en 2013, era una herramienta cerrada: solo los mediadores habilitados por el Registro de la Ley 26.589 tenían clave de acceso. El particular involucrado en la mediación no tenía canal digital propio.
El SIGIM incorpora un módulo de acceso directo para particulares. La resolución crea el Portal de Mediación, definido como «un canal específico, accesible y centralizado de ingreso para los particulares a las aplicaciones correspondientes al procedimiento de mediación prejudicial obligatoria».
La firma a mano deja lugar al certificado digital acreditado
Los mediadores y profesionales asistentes redactaban las actas en papel, en tantos ejemplares como partes, y las firmaban en forma ológrafa junto al sello registrado ante el REGMED.
Ahora deben ajustar actas y formularios de inicio a los modelos del SIGIM y usar firma digital, con certificado acreditado ante la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos.
Las notificaciones migran a ARCA, con un puente en papel por 365 días
El régimen anterior notificaba las audiencias por medio fehaciente o personalmente, con no menos de tres días hábiles de anticipación y en formularios de papel.
El nuevo apartado de notificaciones se adecua a la vía electrónica y al domicilio fiscal electrónico de ARCA. Durante 365 días, la notificación inicial a las personas humanas citadas como parte requerida también se cursa en formato físico.
Quedan derogadas las normas de emergencia sanitaria de 2020
Con la puesta en marcha del SIGIM caen la Resolución 121/2020, que habilitaba audiencias por videoconferencia durante la emergencia por COVID-19, y la Disposición 7/2020, que había aprobado la Guía para la Realización de Mediaciones a Distancia.
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