Los autos con aval de EE.UU. podrán homologarse sin certificación local extra
Norma · Decreto 796/2026 · 26 de agosto de 2026
Análisis DQST · 26 de agosto de 2026
El cambio reemplaza la certificación local por el reconocimiento de un documento extranjero: donde antes había que acreditar el cumplimiento de las normas argentinas de seguridad, ahora alcanza con el Blue Ribbon Letter de la NHTSA de Estados Unidos, con marca, modelo y VIN identificados. El Estado deja de exigir su propia certificación cuando existe ese aval y renuncia a duplicar el control de seguridad. La homologación queda atada a un hecho objetivo y verificable, lo que reduce el margen de la autoridad para pedir requisitos caso por caso.
Los beneficiados son los importadores y fabricantes de vehículos con estándar FMVSS, que se ahorran la duplicación de ensayos y trámites de certificación argentina para modelos ya avalados por la NHTSA, y también los compradores de autos 0 km, que ven ampliada la oferta de modelos que antes enfrentaban barreras de certificación local. Como contrapartida, quien homologue con aval NHTSA queda obligado a informar de manera inmediata a la autoridad argentina toda sanción, investigación, incumplimiento o campaña de retiro dispuesta por la NHTSA, y a replicar esas acciones correctivas en el país, bajo pena de suspensión o revocación de la homologación.
La norma además ratifica que los componentes, piezas y autopartes pueden producirse, importarse y comercializarse libremente sin autorización previa, quedando la responsabilidad de cumplir las especificaciones del Anexo C y la fiscalización a cargo de la Ley 24.240 y el Decreto 274/2019. En la transición, los organismos certificadores locales pierden trabajo de homologación de modelos FMVSS y se reorientan hacia el control posterior y la verificación de las obligaciones de información y recall.
Antes
Hasta ahora regía, en líneas generales, que importadores y fabricantes debían acreditar ante la autoridad argentina el cumplimiento de las normas locales de seguridad activa y pasiva para obtener la licencia, mediante certificación local o validación de organismos reconocidos por Naciones Unidas.
Ahora
Un vehículo con estándar estadounidense FMVSS puede homologarse presentando el Blue Ribbon Letter de la NHTSA, con marca, modelo y VIN identificados, sin exigirse ningún requisito de seguridad adicional al estadounidense.
Qué cambia, punto por punto
importadores y fabricantes de vehículos bajo estándar FMVSS
Antes
Debía · acreditar ante la autoridad argentina el cumplimiento de las normas locales de seguridad activa y pasiva para obtener la LCM
- Requisito: certificación local o validación de organismos reconocidos por Naciones Unidas (TRANS/WP29/343)
→Ahora
Puede · homologar el vehículo acreditando el documento Blue Ribbon Letter de la NHTSA sin requisitos de seguridad adicionales
- Requisito: Blue Ribbon Letter con marca, modelo y VIN (WMI y VDS) identificados
Diferencia neta · Se habilita la homologación directa de vehículos avalados por la NHTSA de EE.UU. sin exigir ningún requisito de seguridad adicional al estadounidense.
Art. 1·modifica Decreto 779/95, Anexo 1, art. 28(punto de partida no verificado)
fabricantes o importadores de vehículos homologados con aval NHTSA
Antes
Sin regular · informar sanciones, investigaciones o recalls dispuestos por autoridades extranjeras
→Ahora
Está obligado a · informar de manera inmediata a la autoridad argentina toda sanción, investigación, incumplimiento o campaña de retiro dispuesta por la NHTSA y replicar las acciones correctivas en Argentina
- Plazo: de manera inmediata
- Requisito: bajo pena de suspensión o revocación de la homologación
Diferencia neta · Se exige una obligación de información y réplica de recalls internacionales como contrapartida del reconocimiento automático.
Art. 1·modifica Decreto 779/95, Anexo 1, art. 28(punto de partida no verificado)
fabricantes e importadores de componentes, piezas y autopartes
Antes
Podía · producir, importar y comercializar componentes y autopartes conforme especificaciones del Anexo C
→Ahora
Puede · producir, importar y comercializar libremente componentes, piezas y autopartes sin autorización previa
- Requisito: responsabilidad de cumplir las especificaciones del Anexo C; fiscalización por Ley 24.240 y Decreto 274/2019
Diferencia neta · Se ratifica la libertad de producción, importación y comercialización de autopartes sin autorización previa, con control por defensa del consumidor.
Art. 1·modifica Decreto 779/95, Anexo 1, art. 28(punto de partida no verificado)
✓ Gana
- ·importadores y fabricantes de vehículos con estándar FMVSS (NHTSA)
- ·compradores de autos 0 km
Rúbrica de libertad · quién gana y quién pierde
Impacto altoMedimos el efecto sobre la libertad de cada posición que la norma toca (quien compra, quien ofrece, quien tributa), sensor por sensor, contra el régimen anterior. Un +1 abre, un −1 cierra. No promediamos entre posiciones: cada una se declara por separado.
- EntradaAbre · más libertad+1
¿Puede la persona acceder al objeto?
Se abre una vía de homologación directa: basta acreditar el Blue Ribbon Letter de la NHTSA para librar el vehículo al tránsito, sin rehacer la certificación local de seguridad.
- CostoAbre · más libertad+1
¿Cuánta fricción cuesta ejercer una libertad que ya se tiene?
Elimina la duplicación de ensayos y trámites de certificación argentina para modelos ya avalados por la NHTSA, reduciendo tiempo y dinero para ingresar el vehículo.
- AlternativasAbre · más libertad+1
¿Tiene la persona alternativas reales entre las que elegir?
Al facilitar la homologación de modelos avalados por la NHTSA, se amplía la oferta de vehículos disponibles en el mercado argentino que antes enfrentaban barreras de certificación local.
El decisor · ¿puede el Estado quitar la libertad a voluntad?
Aplica a todas las posiciones- Alcance del poderAbre · más libertad+1
¿Cuánta materia se reserva el Estado para decidir?
El Estado se retira de exigir su propia certificación local cuando existe aval NHTSA: acepta un estándar extranjero y renuncia a duplicar el control de seguridad.
- ArbitrariedadAbre · más libertad+1
Dentro de lo que decide, ¿el Estado decide por regla o por discreción?
Se ata la homologación a un hecho objetivo y verificable (existencia del Blue Ribbon Letter con VIN identificado), reduciendo la discrecionalidad de la autoridad para exigir requisitos adicionales caso por caso.
La norma amplía la libertad: reduce la barrera de entrada y el costo de homologar vehículos ya certificados por la NHTSA de EE.UU., el Estado renuncia a duplicar su propio control y ata la decisión a un hecho objetivo, ampliando las alternativas de los compradores. La contrapartida es una obligación de información y réplica de recalls que refuerza la seguridad sin cerrar acceso.
Además de qué hace · cómo se dictó
El estado de derecho es una condición de la libertad. Este examen es de la norma en sí misma y va separado del saldo de libertad: una norma puede ampliar libertades y aun así haber sido dictada por la puerta equivocada.
¿Vale para todos los que están en la misma situación?
Aplica a todo fabricante o importador de vehículos bajo estándar FMVSS con aval NHTSA, sin destinatario singular.
¿Rige hacia adelante, respetando situaciones consolidadas?
Rige hacia adelante desde el día siguiente a su publicación (art. 2).
¿Es determinable qué manda, a quién y desde cuándo?
Textura algo abierta: la autoridad podrá fijar 'criterios específicos relativos al origen, categorías y demás condiciones', trasladando definición al aplicador, pero el núcleo del reconocimiento es determinable.
¿Quien la dictó podía dictarla, en esa forma?
El PEN reglamenta el art. 28 de la Ley 24.449, que expresamente prevé dar validez a homologaciones aprobadas por otros países; está dentro de la potestad reglamentaria.
Norma vinculada
En la portada HOY