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Los bancos sistémicos deberán incluir a sus holdings en el control trimestral

Norma · Comunicación “A” 8499/2026 · 3 de noviembre de 2026

Análisis DQST · 3 de noviembre de 2026

Cada trimestre, los bancos alcanzados pasan de no tener una obligación explícita de incluir a la compañía controlante no financiera en el cálculo consolidado a tener que incorporarla en los controles de capital, apalancamiento y grandes exposiciones. Así, el Banco Central extiende su supervisión para abarcar también a esa compañía del grupo.

La exigencia recae sobre los bancos de importancia sistémica: les suma la tarea de producir reportes consolidados trimestrales y reduce su margen para organizar riesgos y activos dentro del grupo. Para cumplirla deberán adecuar procesos existentes en sus áreas de riesgo y cumplimiento, más que cambiar la estructura de su negocio.

Antes

Hasta ahora, en líneas generales, no había una obligación explícita de incluir a la compañía controlante no financiera en el cálculo consolidado de estos tres regímenes.

Ahora

Cada trimestre, los bancos de importancia sistémica y las filiales o subsidiarias de grupos bancarios de importancia sistémica global deben incluir a la compañía controlante no financiera en el cálculo consolidado de capital, apalancamiento y grandes exposiciones.

Qué cambia, punto por punto

  • bancos D-SIB y filiales/subsidiarias de G-SIB

    Antes

    No podía · cumplir los regímenes de apalancamiento, capitales mínimos y grandes exposiciones sin consolidar la holding no financiera

    • Requisito: sin obligación explícita de consolidar con la compañía holding no financiera

    Ahora

    Está obligado a · cumplir los regímenes de apalancamiento, capitales mínimos y grandes exposiciones sobre base consolidada que comprenda la holding no financiera

    • Plazo: base consolidada trimestral
    • Requisito: según el punto 5.2.2. del texto ordenado sobre Supervisión Consolidada

    Diferencia neta · Se exige consolidar la compañía holding no financiera en el cómputo trimestral de los tres regímenes prudenciales para las entidades sistémicas.

    Resolución única·modifica Textos ordenados sobre Ratio de Apalancamiento, Capitales Mínimos, Grandes Exposiciones y Supervisión Consolidada(punto de partida no verificado)

Pierde

  • ·bancos de importancia sistémica (D-SIB y filiales de G-SIB)

Salida posible

Los bancos sistémicos ya cuentan con áreas de riesgo y cumplimiento maduras; incorporar la holding al cómputo consolidado trimestral es una adecuación de procesos existentes más que un cambio estructural de negocio.

Rúbrica de libertad · quién gana y quién pierde

Impacto medio
¿Qué es esto? →

Medimos el efecto sobre la libertad de cada posición que la norma toca (quien compra, quien ofrece, quien tributa), sensor por sensor, contra el régimen anterior. Un +1 abre, un −1 cierra. No promediamos entre posiciones: cada una se declara por separado.

bancos de importancia sistémica (D-SIB y filiales de G-SIB)quien ofrece
Pierde libertad-3
  • EjercicioCierra · menos libertad-1

    Dentro del objeto, ¿cuánto margen tiene la persona para operar y disponer?

    Deben cumplir los requisitos de capital, apalancamiento y grandes exposiciones consolidando con la holding no financiera, lo que estrecha el margen para estructurar riesgos y activos a nivel grupo.

  • CostoCierra · menos libertad-1

    ¿Cuánta fricción cuesta ejercer una libertad que ya se tiene?

    Suma la carga operativa de producir reportes consolidados trimestrales que incluyen a la compañía holding, más allá del perímetro de la entidad financiera.

El decisor · ¿puede el Estado quitar la libertad a voluntad?

Aplica a todas las posiciones
  • Alcance del poderCierra · menos libertad-1

    ¿Cuánta materia se reserva el Estado para decidir?

    El BCRA extiende el perímetro de supervisión prudencial para abarcar la compañía holding no financiera del grupo, reservándose más materia bajo control regulatorio.

La norma amplía el perímetro de la regulación prudencial del BCRA sobre los grupos financieros sistémicos, aumentando la carga de reporte y acotando el margen de operación a nivel consolidado; afecta a un conjunto acotado de entidades grandes.

Además de qué hace · cómo se dictó

El estado de derecho es una condición de la libertad. Este examen es de la norma en sí misma y va separado del saldo de libertad: una norma puede ampliar libertades y aun así haber sido dictada por la puerta equivocada.

GeneralidadNo adolece

¿Vale para todos los que están en la misma situación?

Aplica a una categoría abstracta (todas las entidades calificadas como D-SIB o filiales de G-SIB), no a un banco identificado.

IrretroactividadNo adolece

¿Rige hacia adelante, respetando situaciones consolidadas?

Rige hacia adelante sobre reportes trimestrales futuros; no altera estados ya consolidados.

ClaridadNo adolece

¿Es determinable qué manda, a quién y desde cuándo?

Define sujetos (D-SIB/G-SIB), objeto (tres textos ordenados) y mecanismo (base consolidada trimestral vía punto 5.2.2.).

Competencia del órganoNo adolece

¿Quien la dictó podía dictarla, en esa forma?

El BCRA ejerce su competencia de regulación prudencial del sistema financiero (Carta Orgánica y Ley de Entidades Financieras).

Norma vinculada

Fuente · Boletín Oficial de la República Argentina

Revisado por nuestro equipo editorial

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