Los fondos comunes ya no piden permiso a la CNV para cambiar sus reglas
Norma · Resolución General 1163/2026 · 20 de agosto de 2026
Análisis DQST · 20 de agosto de 2026
La CNV se corre del control previo: las Sociedades Gerentes de fondos comunes abiertos que no son ETF pasan de necesitar la aprobación del organismo a reformar el reglamento de gestión por acuerdo con la Depositaria y el solo envío de la documentación por la AIF, con fiscalización posterior. En la práctica, presentan el texto completo del nuevo reglamento, las actas de directorio y un Hecho Relevante, y el cambio opera sin esperar el visto bueno oficial, recortando tiempo y trámite. Los ETF quedan afuera de este esquema: siguen requiriendo autorización previa de la CNV vía TAD.
Del otro lado del mostrador, el inversor minorista gana claridad. La Ficha Única se rehace en lenguaje no técnico y se difunde mensualmente dentro de los primeros 10 días hábiles de cada mes, con datos al último día del mes anterior: incluye indicadores de riesgo bajo, medio o alto, rendimientos a 7, 90, 180 y 360 días netos de honorarios, las comisiones con IVA, una advertencia de que no hay garantía y un enlace al comparador de fondos de la CAFCI. La idea es que el producto sea legible y comparable para quien pone la plata.
El cambio más concreto para el ahorrista aparece cuando el fondo toca algo importante: sustitución de gerente o depositaria, objetivos, moneda, suba de topes de honorarios o comisiones, o rescate automático. En esos casos se abre una ventana de 5 días hábiles desde la publicación del nuevo texto durante la cual se puede rescatar sin pagar comisión y sin que las modificaciones se apliquen todavía. El aviso debe llegar por Hecho Relevante, al domicilio postal o electrónico del cuotapartista y en el sitio de la Gerente, para que nadie se entere del cambio cuando ya rige. La contracara es que las Gerentes cargan ahora con la responsabilidad plena de que el texto publicado sea correcto, porque el control llega después.
Antes
Hasta ahora regía, en líneas generales, que las Sociedades Gerentes de fondos comunes abiertos (no ETF) debían tramitar y esperar la aprobación previa de la CNV para reformar el reglamento de gestión.
Ahora
Las Sociedades Gerentes de fondos abiertos no-ETF pueden reformar el reglamento remitiendo la documentación por la AIF sin trámite previo ante la CNV, que ahora controla después. Además, los inversores tienen 5 días hábiles para rescatar sin comisión ante cambios sensibles.
Qué cambia, punto por punto
Sociedades Gerentes de FCI abiertos (no ETF)
Antes
Estaba obligado a · sustanciar trámite de aprobación ante la CNV para reformar el reglamento de gestión
- Requisito: aprobación previa del organismo
→Ahora
Puede · reformar el reglamento de gestión remitiendo la documentación por la AIF sin trámite ante la CNV
- Requisito: texto completo del nuevo reglamento, actas de directorio aprobatorias y Hecho Relevante FCIA
Diferencia neta · Desaparece la exigencia de aprobación previa de la CNV para reformar el reglamento de FCI abiertos no-ETF; se pasa a modificación automática con fiscalización posterior.
Art. 4 (arts. 75 y 75 BIS)·modifica Normas CNV N.T. 2013, Título V, Cap. II, Sección VI(punto de partida no verificado)
Sociedades Gerentes de FCI abiertos
Antes
Estaba obligado a · elaborar y difundir la Ficha Única bajo el contenido del texto anterior
- Requisito: contenido según art. 31 BIS derogado
→Ahora
Está obligado a · elaborar y difundir mensualmente la Ficha Única con contenido mínimo redefinido
- Plazo: dentro de los primeros 10 días hábiles de cada mes, con datos al último día hábil del mes anterior
- Requisito: lenguaje claro no técnico, indicadores de riesgo bajo/medio/alto, rendimiento a 7/90/180/360 días neto de honorarios, comisiones con IVA, advertencia de no garantía, enlace al comparador de FCI de la CAFCI
Diferencia neta · Se redefine y estandariza el contenido mínimo de la Ficha Única orientado al inversor minorista y su comparabilidad.
Art. 1 (art. 31 BIS)·modifica Normas CNV N.T. 2013, Título V, Cap. I, Sección VII(punto de partida no verificado)
Cuotapartistas de FCI ante reformas sensibles del reglamento
Antes
Sin regular · rescatar sin comisión ante reformas sensibles del reglamento
→Ahora
Puede · rescatar sin comisión y con las modificaciones aún no aplicadas ante reformas sensibles
- Plazo: 5 días hábiles desde la publicación del nuevo texto
- Monto: sin comisión de rescate durante la ventana
- Requisito: reformas sobre gerente/depositaria, objetivos, moneda, topes de honorarios/comisiones o rescate automático
Diferencia neta · Se establece una ventana de 5 días hábiles sin comisión de rescate y de no aplicación de las reformas sensibles, con aviso al cuotapartista.
Art. 4 (art. 75) y Art. 5 (Anexo II)·modifica Normas CNV N.T. 2013, Título V, Cap. II y III(punto de partida no verificado)
Sociedades Gerentes de FCIA ETF
Antes
Estaba obligado a · obtener autorización previa de la CNV para reformar reglamento o prospecto
→Ahora
Está obligado a · obtener autorización previa de la CNV para reformar reglamento o prospecto
- Requisito: solicitud por TAD con detalle de modificaciones, nuevo texto y difusión de actas por AIF
Diferencia neta · Los ETF quedan excluidos del régimen de modificación automática y conservan el control previo de la CNV.
Art. 6 (art. 27 QUATER)·modifica Normas CNV N.T. 2013, Título V, Cap. VII, Sección VII(punto de partida no verificado)
✓ Gana
- ·Sociedades Gerentes de FCI abiertos (no ETF)
- ·Inversores minoristas / cuotapartistas de FCI
- ·Cuotapartistas ante reformas sensibles del reglamento
Rúbrica de libertad · quién gana y quién pierde
Impacto medioMedimos el efecto sobre la libertad de cada posición que la norma toca (quien compra, quien ofrece, quien tributa), sensor por sensor, contra el régimen anterior. Un +1 abre, un −1 cierra. No promediamos entre posiciones: cada una se declara por separado.
- EjercicioAbre · más libertad+1
Dentro del objeto, ¿cuánto margen tiene la persona para operar y disponer?
Pueden reformar el reglamento de gestión en todas sus partes por acuerdo con la Depositaria y remisión por AIF, sin necesidad de sustanciar un trámite de aprobación previa ante la CNV.
- CostoAbre · más libertad+1
¿Cuánta fricción cuesta ejercer una libertad que ya se tiene?
Se elimina el trámite y la espera de la autorización previa del organismo: la reforma opera con la sola remisión de documentación por la AIF, reduciendo tiempo y fricción administrativa.
- InformaciónAbre · más libertad+1
¿Es legible el objeto para quien decide sobre él?
La Ficha Única se redefine en lenguaje claro no técnico, con indicadores de riesgo bajo/medio/alto, rendimientos a 7/90/180/360 días netos de honorarios, estructura de comisiones con IVA y enlace al comparador de FCI de la CAFCI, haciendo el producto más legible y comparable para quien decide.
- SalidaAbre · más libertad+1
¿Puede la persona desprenderse o cesar sin traba?
Ante cambios sensibles (sustitución de gerente/depositaria, objetivos, moneda, suba de topes de honorarios o comisiones, rescate automático) se garantiza una ventana de 5 días hábiles sin cobro de comisión de rescate y las modificaciones no se aplican hasta transcurridos esos 5 días, facilitando desprenderse sin costo antes de que rija el cambio.
- InformaciónAbre · más libertad+1
¿Es legible el objeto para quien decide sobre él?
El aviso de la reforma debe difundirse por Hecho Relevante FCIA, remitirse al domicilio postal o electrónico del cuotapartista y publicarse en el sitio web de la Gerente, haciendo visible el cambio antes de su vigencia.
El decisor · ¿puede el Estado quitar la libertad a voluntad?
Aplica a todas las posiciones- Alcance del poderAbre · más libertad+1
¿Cuánta materia se reserva el Estado para decidir?
La CNV se retira del control previo de reformas de reglamentos de FCI abiertos no-ETF: pasa de aprobación previa a un régimen de modificación automática con fiscalización posterior, devolviendo la decisión a los órganos del fondo.
La norma amplía la libertad operativa de las Sociedades Gerentes al reemplazar el control previo por un régimen de modificación automática con fiscalización posterior, y mejora la información y la salida sin costo del inversor minorista ante cambios sensibles; el Estado se retira de la aprobación previa manteniendo salvaguardas de transparencia.
Además de qué hace · cómo se dictó
El estado de derecho es una condición de la libertad. Este examen es de la norma en sí misma y va separado del saldo de libertad: una norma puede ampliar libertades y aun así haber sido dictada por la puerta equivocada.
¿Vale para todos los que están en la misma situación?
Aplica a todas las Sociedades Gerentes, Depositarias y agentes de colocación de FCI por igual.
¿Rige hacia adelante, respetando situaciones consolidadas?
Rige hacia adelante, con vigencia a los 45 días hábiles de su publicación.
¿Es determinable qué manda, a quién y desde cuándo?
Plazos, contenidos y procedimientos están tasados con precisión (5, 30, 90 días; contenido mínimo de la ficha).
¿Quien la dictó podía dictarla, en esa forma?
La CNV dicta dentro de las atribuciones del art. 19 inc. h de la Ley de Mercado de Capitales sobre reglamentación de valores negociables.
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