HOY

REFORMA·▼ EL ESTADO RETROCEDIÓ · DESREGULA·ARCA · Ganancias

No necesitás haber sido residente todo el año para usar la declaración simplificada de Ganancias 2025

La Resolución General 5916/2026 modifica la RG 5.820: para el período fiscal 2025 deja de exigir residencia fiscal durante todo el período y extiende el plazo de adhesión hasta el vencimiento especial de la declaración jurada.

Por · Director editorial

Resolución General 5916/2026 · AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANEROBoletín Oficial · 2026-10-26Publicado por DQST · 27 de oct de 2026

No necesitás haber sido residente todo el año para usar la declaración simplificada de Ganancias 2025

Antes

Para la declaración jurada simplificada de Ganancias había que acreditar residencia fiscal durante la totalidad del período, la adhesión corría hasta el vencimiento general, y los Grandes Contribuyentes Nacionales y los funcionarios del art. 38 bis quedaban fuera del régimen.

Después

Para 2025 no se aplica el requisito de residencia por todo el período, la adhesión se extiende hasta el plazo especial de la DDJJ, y grandes contribuyentes y funcionarios pueden adherir al solo efecto de presentar y pagar en término, bajo la caracterización '661 - Tratamiento sin beneficios'.

La residencia deja de ser condición para el período 2025

La condición de residente fiscal durante todo el período, exigida para la modalidad simplificada, no se aplica al período fiscal 2025. El propio texto lo fija: «La condición de residente fiscal durante la totalidad del período por el cual se presente la declaración jurada simplificada, prevista en el segundo párrafo del citado artículo, no resultará de aplicación para el período fiscal 2025».

Es una excepción acotada a ese período. La ley precisó el requisito de residencia recién a partir del período fiscal 2026.

Más tiempo para adherir y la posibilidad de cambiar de régimen

El plazo de adhesión por 2025 se extiende hasta el vencimiento especial de la declaración jurada, con pago del saldo en término e intereses resarcitorios si hay diferencia.

Quien ya presentó por el régimen general puede pasarse al simplificado por el mismo período, presentando una nueva declaración jurada bajo esa modalidad.

Grandes contribuyentes y funcionarios entran, pero sin beneficios

Los Grandes Contribuyentes Nacionales y los funcionarios públicos del art. 38 bis, antes impedidos de adherir, pueden hacerlo ahora al solo efecto de presentar y pagar en término, bajo la caracterización '661 - Tratamiento sin beneficios', sin acceder a los efectos del régimen.

Ante una notificación de incumplimiento de residencia o de otros requisitos, el contribuyente tiene 15 días hábiles administrativos desde la notificación para formular aclaraciones, rectificaciones o descargos con documentación.

Seguí leyendo

REFORMA·▼ EL ESTADO RETROCEDIÓ · DESREGULA·Secretaría de Energía · Régimen de Zona Fría

Los hogares de la Patagonia, Malargüe y la Puna pagan la mitad del precio del gas

Los hogares de la Patagonia, Malargüe y la Puna pagan la mitad del precio del gas

La Resolución 299/2026 fija una bonificación del 50% sobre el precio del gas natural y propano por redes para usuarios residenciales y del Servicio General P de la Región Patagónica, el departamento de Malargüe y la Puna, aplicada directamente por las distribuidoras en la factura.

Resolución 299/2026 · 27 OCT

REFORMA·▲ EL ESTADO AVANZÓ · REGULA·Zona Fría · gas natural y GLP

Las proveedoras de gas cobran directo el subsidio de Zona Fría, no las distribuidoras

Las proveedoras de gas cobran directo el subsidio de Zona Fría, no las distribuidoras

El Decreto 1266/2026 reglamenta el nuevo Régimen de Zona Fría surgido de la Ley 27.828: las compensaciones de los incisos a) y b) se pagan ahora a las empresas proveedoras de gas natural y GLP como beneficiarias del Fondo Fiduciario, mientras las distribuidoras conservan la obligación de aplicar el beneficio en la factura.

Decreto 1266/2026 · 27 OCT

REFORMA·▼ EL ESTADO RETROCEDIÓ · DESREGULA·ARCA · Impuesto a las Ganancias

Una diferencia que haga perder el beneficio tributario ahora se mide con números fijos, no a criterio del fisco

Una diferencia que haga perder el beneficio tributario ahora se mide con números fijos, no a criterio del fisco

El Decreto 1253/2026 fija cuándo ARCA puede impugnar una declaración simplificada: solo si el impuesto sube o el quebranto baja al menos 15% de lo declarado, o la diferencia supera el umbral penal tributario. Y abre el régimen simplificado a quienes ya presentaron Ganancias 2025 por el régimen general.

Decreto 1253/2026 · 26 OCT

REFORMA·▼ EL ESTADO RETROCEDIÓ · DESREGULA·Obra Social del Poder Judicial de la Nación

Los hijos de 21 a 26 años vuelven a tener obra social del Poder Judicial

Los hijos de 21 a 26 años vuelven a tener obra social del Poder Judicial

La Acordada 32/2026 reescribe el artículo 6° a.5.4 del Estatuto de la Obra Social del Poder Judicial de la Nación y habilita a los hijos e hijas de afiliados de entre 21 y 26 años a mantener la afiliación o re-afiliarse como Titular Extraordinario, siempre que hubieran integrado el grupo familiar de un titular por al menos 3 años.

Acordada 32/2026 · 23 OCT

Todas las notas →