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Operar y emitir en el mercado de capitales cuesta más caro desde esta semana

La Resolución 1901/2026 del Ministerio de Economía reemplaza las grillas de tasas anuales de fiscalización y control, los aranceles de autorización de emisiones y las tasas por otros servicios de la CNV, con montos más altos para mercados, cámaras, agentes y emisores.

Por · Director editorial

Resolución 1901/2026 · MINISTERIO DE ECONOMÍABoletín Oficial · 2026-11-02Publicado por DQST · 2 de nov de 2026

Operar y emitir en el mercado de capitales cuesta más caro desde esta semana

Antes

Las tasas anuales y los aranceles de autorización se cobraban según la grilla fijada en último término por la Resolución 1/2026, con montos fijos para la fiscalización y porcentuales para autorizar emisiones.

Después

Rige una nueva escala: $112.224.000 anuales para un mercado, $177.688.000 para una cámara compensadora y $374.080.000 para un agente depositario central; la emisión de obligaciones negociables tributa 0,05% y los fideicomisos financieros Pyme 0,015%.

Mantenerse registrado pasa a ser una factura anual más pesada

$374.080.000 por año es lo que abona un agente depositario central de valores negociables bajo la nueva grilla de tasas de fiscalización y control. Un mercado paga $112.224.000, una cámara compensadora $177.688.000 y un agente de negociación $2.338.000.

El monto no depende de que el sujeto registrado haga más o menos operaciones: es el costo fijo de seguir habilitado ante la CNV durante el año.

Salir a financiarse tiene un arancel recalculado según el instrumento

0,05% es el arancel para autorizar una emisión de obligaciones negociables, para CEDEAR y CEVA —con un mínimo de UVA 8000 por emisión— y para fideicomisos financieros. Los regímenes con impacto social y los FF Pyme pagan 0,015%.

La escala diferencia por tipo de emisor y de instrumento, de modo que el peaje de autorización varía según se trate de un programa, una serie o una emisión autónoma.

La enésima actualización de una grilla que arranca en 2017

La norma se encadena a una larga serie de sustituciones del anexo de tasas de la CNV. Según el propio texto, el régimen vigente se fijó en 2017 con las resoluciones 87 y 153 del entonces Ministerio de Finanzas, para fijar «los montos a ser percibidos por la CNV en concepto de tasas de fiscalización y control, aranceles de autorización y otros servicios».

La resolución invoca ahora la necesidad de «adecuar el régimen vigente de Tasas y Aranceles de la CNV a las reformas introducidas en las NORMAS» derivadas del reordenamiento normativo del organismo.

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