Visita papal: más camiones podrán circular durante la restricción
Norma · Disposición 381/2026 · 6 de noviembre de 2026
Análisis DQST · 6 de noviembre de 2026
Del 6 al 13 de noviembre de 2026, más transportistas pasan de estar alcanzados, en líneas generales, por la restricción de circulación durante la visita papal a poder circular con las cargas exceptuadas. La habilitación exige acreditar el tipo de carga o destino, como en el caso de gases sanitarios destinados a centros de salud.
El cambio beneficia a los transportistas de esas cargas, que pueden retomar entregas y evitar el costo de detenerlas o reprogramarlas. Para los camiones que siguen alcanzados por la restricción, el cronograma original de días y horarios pasa a ser reemplazado por uno nuevo; el texto publicado no determina la numeración del anexo.
La disposición también deja sin efecto la Disposición ANSV 371/2026 y el anexo DI-2026-106444747.
Antes
Hasta ahora regía, en líneas generales, una restricción para la circulación de camiones pesados del 6 al 13 de noviembre de 2026, con una lista acotada de excepciones. Los transportistas debían ajustarse al cronograma original de días y horarios.
Ahora
Del 6 al 13 de noviembre de 2026 podrán circular transportistas de leche, animales vivos, frutas y verduras, carne, perecederos, harina, combustible, medicinas, residuos y caudales, entre otras cargas exceptuadas, si acreditan el tipo de carga o destino. Quienes siguen alcanzados por la restricción deben consultar el nuevo cronograma.
Qué cambia, punto por punto
transportistas de leche, animales vivos, frutihortícolas, carne, perecederos, harina, combustible, medicinas, residuos y caudales
Antes
Estaba prohibido · circular con vehículos N2/N3/O3/O4 durante la ventana de restricción
- Plazo: 6 al 13 de noviembre de 2026
- Requisito: lista acotada de excepciones de la Disp. 370
→Ahora
Puede · circular transportando las cargas detalladas en los incisos a-p
- Plazo: 6 al 13 de noviembre de 2026
- Requisito: acreditar el tipo de carga/destino (ej. gases sanitarios a centros de salud)
Diferencia neta · Se habilita la circulación de nuevas categorías de transporte antes alcanzadas por la restricción.
Art. 2·modifica Disposición ANSV 370/2026, art. 2(punto de partida no verificado)
transportistas de cargas pesadas en general
Antes
Estaba obligado a · ajustarse al cronograma original de días y horarios del Anexo de la Disp. 370
→Ahora
Está obligado a · ajustarse al nuevo cronograma de días y horarios del Anexo sustituido
- Requisito: Anexo con numeración no determinada en el texto publicado
Diferencia neta · Se reemplaza el cronograma de restricción por uno nuevo orientado a evitar obstáculos al tránsito.
Art. 1·modifica Disposición ANSV 370/2026, art. 1 (Anexo)(punto de partida no verificado)
destinatarios de la Disposición ANSV 371/2026 y del anexo DI-2026-106444747
Antes
Estaba obligado a · regirse por la Disp. 371 y el anexo original
→Ahora
Sin regular · regirse por la Disp. 371 y el anexo original
Diferencia neta · Se dejan sin efecto el anexo DI-2026-106444747 y la Disposición ANSV 371/2026.
Art. 4·modifica Disposición ANSV 371/2026(punto de partida no verificado)
✓ Gana
- ·transportistas de cargas exceptuadas (leche, animales, perecederos, combustible, medicinas, etc.)
Rúbrica de libertad · quién gana y quién pierde
Impacto medioMedimos el efecto sobre la libertad de cada posición que la norma toca (quien compra, quien ofrece, quien tributa), sensor por sensor, contra el régimen anterior. Un +1 abre, un −1 cierra. No promediamos entre posiciones: cada una se declara por separado.
- EjercicioAbre · más libertad+1
Dentro del objeto, ¿cuánto margen tiene la persona para operar y disponer?
Camiones que transportan leche cruda, animales vivos, frutihortícolas, carne fresca, harina de trigo o combustible ahora pueden circular durante la ventana papal, recuperando la operación comercial que la Disp. 370 les vedaba.
- CostoAbre · más libertad+1
¿Cuánta fricción cuesta ejercer una libertad que ya se tiene?
Se evita el costo de detener o reprogramar entregas de cargas perecederas y de suministro crítico durante 8 días de restricción.
El decisor · ¿puede el Estado quitar la libertad a voluntad?
Aplica a todas las posiciones- Alcance del poderAbre · más libertad+1
¿Cuánta materia se reserva el Estado para decidir?
El Estado levanta parcialmente la prohibición de circular sobre más categorías de transporte, devolviendo margen de movimiento a transportistas antes alcanzados.
La norma amplía la libertad de circular de numerosos transportistas al exceptuarlos de una restricción temporal, reduciendo la materia que el Estado se reserva; el principal reparo es la indeterminación del Anexo de cronograma y la cláusula abierta 'entre otros'.
Además de qué hace · cómo se dictó
El estado de derecho es una condición de la libertad. Este examen es de la norma en sí misma y va separado del saldo de libertad: una norma puede ampliar libertades y aun así haber sido dictada por la puerta equivocada.
¿Vale para todos los que están en la misma situación?
Las excepciones se definen por tipo de carga/actividad, aplicables a todo transportista que la realice.
¿Rige hacia adelante, respetando situaciones consolidadas?
Rige desde su publicación (6/11/2026) hacia adelante durante la vigencia de la restricción.
¿Es determinable qué manda, a quién y desde cuándo?
El Art.1 remite a un Anexo con número en blanco ('DI-................') y categoría 'entre otros' en inc. o, dejando indeterminado el cronograma y el alcance.
¿Quien la dictó podía dictarla, en esa forma?
La ANSV dicta medidas de tránsito seguro conforme Art.4 inc.a Ley 26.363.